Comunicación relativa a la aplicación provisional de su parte IV (comercio) del Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por un lado, y Centroamérica, por otro (Nicaragua)

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ES

31.7.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 204/1

II

(Actos no legislativos)

ACUERDOS INTERNACIONALES

A la espera de concluir los procedimientos de celebración del Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por un lado, y Centroamérica, por otro, firmado en Tegucigalpa el 29 de junio de 2012, su parte IV relativa al comercio, deberá, de acuerdo con su artículo 353, apartado 4, aplicarse de manera provisional entre la Unión Europea y Nicaragua a partir del 1 de agosto de 2013. En virtud del párrafo primero del artículo 3 de la Decisión del Consejo de 25 de junio de 2012 relativa a la firma y aplicación provisional del Acuerdo, el artículo 271 no se aplicará de forma provisional.

Comunicación relativa a la aplicación provisional de su parte IV (comercio) del Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por un lado, y

Centroamérica, por otro (Panamá)

A la espera de concluir los procedimientos de celebración del Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por un lado, y Centroamérica, por otro, firmado en Tegucigalpa el 29 de junio de 2012, su parte IV relativa al comercio, deberá, de acuerdo con su artículo 353, apartado 4, aplicarse de manera provisional entre la Unión Europea y Panamá a partir del 1 de agosto de 2013. En virtud del párrafo primero del...

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