Decisión del Comité Mixto del EEE no 203/2013, de 8 de noviembre de 2013, por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE

Sectiondecisión sin destinatario
Issuing OrganizationComité mixto EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) no 104/2013 de la Comisión, de 4 de febrero de 2013, por el que se modifica el Reglamento (UE) no 185/2010 en lo que se refiere a la inspección de pasajeros y de personas que no sean pasajeros mediante equipos de detección de rastros de explosivos (ETD) en combinación con detectores de metales portátiles (HHMD) (1).

(2)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión de Ejecución 2013/511/UE de la Comisión, de 4 de febrero de 2013, por la que se modifica la Decisión C (2010) 774 de la Comisión en lo que se refiere a la inspección de pasajeros y de personas que no sean pasajeros mediante equipos de detección de rastros de explosivos (ETD) en combinación con detectores de metales portátiles (HHMD).

(3)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XIII del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

El anexo XIII del Acuerdo EEE queda modificado como sigue:

1)

En el punto 66he [Reglamento (UE) no 185/2010 de la Comisión], se añade el guion siguiente:

32013 R 0104: Reglamento de Ejecución (UE) no 104/2013 de la Comisión, de 4 de febrero de 2013 (DO L 34 de 5.2.2013, p. 13).

.

2)

En el punto 66hf [Decisión C (2010) 774 final de la Comisión] se añade el guion siguiente:

32013 D 0511: La Decisión de Ejecución 2013/511/UE de la Comisión, de 4 de febrero de 2013, por la que se modifica la Decisión C (2010) 774 de la Comisión en lo que se refiere a la inspección de pasajeros y de personas que no sean pasajeros mediante equipos de detección de rastros de explosivos (ETD) en combinación con detectores de metales portátiles (HHMD).

.

Los textos del Reglamento de Ejecución (UE) no 104/2013 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

La presente...

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