Decisión del Comité Mixto del EEE nº 113/2013, de 14 de junio de 2013, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

SectionDecision
Issuing OrganizationComité Mixto

28.11.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 318/15

ES

DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N o 113/2013

de 14 de junio de 2013

por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) n o 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción y se deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo

( 1

).

(2) El Reglamento (UE) n o 305/2011 deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo

( 2 ), incorporada al Acuerdo EEE, y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo.

(3) Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo II del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El punto 1 (Directiva 89/106/CEE del Consejo) del capítulo XXI del anexo II del Acuerdo EEE se sustituye por el texto siguiente:

32011 R 0305: Reglamento (UE) n o 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción y se deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo (DO L 88 de 4.4.2011, p. 5).

.

Artículo 2

Los textos del Reglamento (UE) n o 305/2011 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 15 de junio de 2013, o el día siguiente al de la última notificación transmitida al Comité Mixto EEE de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*), si esta fuera posterior.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas...

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