Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) no 528/2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas, en relación con determinadas condiciones de acceso al mercado [COM(2013) 288 final — 2013/0150 (COD)]

SectionActos preparatorios

ES Diario Oficial de la Unión Europea 21.11.2013

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) n o 528/2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas, en relación con determinadas condiciones de acceso al mercado

[COM(2013) 288 final - 2013/0150 (COD)]

(2013/C 341/10)

Ponente único: Pedro NARRO

Los días 23 de mayo de 2013 y 6 de junio de 2013 respectivamente, de conformidad con el artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Parlamento Europeo y el Consejo decidieron consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) n o 528/2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas, en relación con determinadas condiciones de acceso al mercado

COM(2013) 288 final - 2013/0150 (COD).

La Sección Especializada de Mercado Único, Producción y Consumo, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 17 de julio 2013.

En su 492 o pleno de los días 18 y 19 de septiembre 2013 (sesión del 18 de septiembre), el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 154 votos a favor, 2 en contra y 7 abstenciones el presente dictamen.

Conclusiones y recomendaciones

La propuesta de la Comisión Europea contribuye a mejorar sustancialmente la aplicación práctica a partir del 1 de septiembre de 2013 del nuevo Reglamento biocidas, clarifica el funcionamiento de las normas transitorias y proporciona una mayor seguridad jurídica a los operadores.

El CESE lamenta que en el trascurso del complejo y largo proceso de adopción de la nueva legislación europea sobre biocidas la Comisión, el Consejo y el Parlamento no hayan reflexionado ex ante sobre las distorsiones que podrían generar unas normas de transición confusas y poco claras.

El CESE comparte la necesidad de introducir cambios en el Reglamento biocidas, antes de su entrada en vigor ( 1 ), de que pueda facilitarse la transición entre la Directiva 98/8/CE y el mencionado Reglamento. Resulta imprescindible garantizar el correcto funcionamiento del sistema un coherente con medidas transitorias que permitan un cambio progresivo del sistema para los operadores y los Estados

El CESE acoge favorablemente las modificaciones introducidas en las disposiciones transitorias relativas a los artículos tratados, y la evaluación de las sustancias activas y los productos biocidas existentes. Estas modificaciones impedirán la congelación de facto de la puesta en el mercado de muchos nuevos

artículos tratados, para permitir su comercialización siempre que se presente un expediente completo para evaluar la(s) sustancia(s) activa(s) contenida(s) en esos artículos tratados antes del 1 de septiembre 2016 ( 2 ). Estas modificaciones permitirán también una...

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