Dictamen del Comité de las Regiones — Fondos de inversión a largo plazo europeos

SectionDictamen de propia iniciativa
Issuing OrganizationComité de las Regiones

26.4.2014 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 126/8

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

  1. acoge favorablemente la propuesta de Reglamento, que se considera como un paso positivo de cara a la financiación de la economía en el futuro. Los fondos de inversión a largo plazo europeos (FILPE) tienen potencial para contribuir al aumento del capital disponible para proyectos a largo plazo que apoyan el crecimiento sostenible;

  2. llama la atención sobre el hecho de que durante la crisis económica la inversión pública a nivel subnacional en Europa se ha visto reducida drásticamente, por lo que destaca la necesidad de velar por que los FILPE no se consideren como una fuente de financiación que podría sustituir la transferencia de fondos de los gobiernos nacionales a los entes subnacionales;

  3. se remite a su dictamen sobre «Recomendaciones para un mejor gasto» (1) en el que se subraya la importancia de los presupuestos locales y regionales en el gasto público en la Unión Europea, que representaron un 16,7 % del PIB en el año 2011, concentrando un 34 % de todo el gasto público de la Unión Europea, destacando en estos presupuestos las inversiones directas, que constituyen un elemento clave para una rápida recuperación económica;

  4. hace hincapié en que es importante entender los FILPE en el contexto de la Estrategia Europa 2020 y, en particular, el modo en que puede fomentarse el crecimiento inteligente, sostenible e integrador mediante inversiones en activos a largo plazo. Además, si se realizan avances en la consecución de los objetivos de la Estrategia Europa 2020, se podrá disponer de más capital y podría aumentar el atractivo de las inversiones a largo plazo;

  5. destaca que el proyecto de Reglamento no impone ninguna obligación importante adicional y podría ser claramente beneficioso, por lo que considera que se ajusta al principio de subsidiariedad;

  6. subraya que la finalidad del proyecto de Reglamento es crear un distintivo de producto común que se espera encierre gran interés público y que pondría los cimientos de un mercado de FILPE común, competitivo y rentable, por lo que considera que el proyecto de Reglamento no va más allá de lo necesario para lograr un marco jurídico común para los FILPE;

  7. subraya, asimismo, que los municipios y las regiones son beneficiarios potenciales de la inversión a largo plazo tanto en activos tangibles (por ejemplo, infraestructuras energéticas, de transporte y comunicaciones, instalaciones industriales y de servicios...

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