Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «Acta del Mercado Único — Determinar las medidas que faltan» (Dictamen adicional)

SectionDictamen adicional

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 67/53

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «Acta del Mercado Único - Determinar las medidas que faltan» (Dictamen adicional)

(2014/C 67/09)

Ponente: Sra. FEDERSPIEL

Coponentes: Sres. SIECKER y VOLES

El 14 de febrero de 2013, de conformidad con el artículo 29.2 de su Reglamento interno, el Comité Económico y Social Europeo decidió elaborar un dictamen sobre el tema

Acta del Mercado Único - Determinar las medidas que faltan

(Dictamen adicional)

La Sección Especializada de Mercado Único, Producción y Consumo, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 2 de octubre de 2013.

En su 493 o pleno de los días 16 y 17 de octubre de 2013 (sesión del 16 de octubre de 2013), el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 119 votos a favor, 4 en contra y 13 abstenciones el presente dictamen.

Introducción

El Comité Económico y Social Europeo (CESE) ha seguido de cerca las iniciativas de la Comisión para reactivar el mercado único desde que se pusieron en marcha en 2010. En su dictamen sobre el Acta del Mercado Único ( 1

) enumeró una serie de medidas que consideraba se echaban en falta respecto a las propuestas iniciales de la Comisión ( 2 ). Se deberían tener en cuenta las observaciones y conclusiones del «Informe sobre la ciudadanía de la UE 2010 - La eliminación de los obstáculos a los derechos de los ciudadanos de la UE» ( 3 ). El CESE llama la atención de la Comisión sobre el hecho de que actualmente existen más obstáculos al mercado único que cuando se creó ( 4 ).

El CESE es uno de los principales socios en la organización del Mes del Mercado Único. La contribución de las organizaciones de la sociedad civil es crucial para determinar adecuadamente las medidas necesarias para reactivar el mercado único, porque estas organizaciones se ven afectadas por ellas.

La dirección económica de la UE debe cambiar el rumbo que ha mantenido durante treinta años y poner fin a la creencia de que el mercado libre tiene siempre la capacidad de corregir sus comportamientos disfuncionales. La reciente crisis económica y financiera ha tenido duras repercusiones para los ciudadanos, y sus sacrificios deben propiciar nuevas perspectivas para evitar que el respaldo a la integración europea siga disminuyendo. En este sentido se considera que la aplicación de las iniciativas del Acta del Mercado Único I y II está siendo muy lenta.

1.4 Se deben tomar medidas concretas para combatir todas las formas de pobreza, como las relacionadas con la energía, el consumo o el sobreendeudamiento, causadas por la crisis financiera y que obstaculizan el crecimiento y la plena realización del mercado único.

1.5 El CESE ha insistido reiteradamente en que los Estados miembros deben hacer suyas las iniciativas mediante una aplicación y ejecución adecuadas para conseguir un mercado único que funcione correctamente. El cumplimiento efectivo de la legislación debe tener una nueva dimensión transfronteriza que incluya la cooperación. Para construir un mercado único con futuro hace falta una economía sostenible y altamente competitiva basada en procesos y productos sostenibles, en un entorno laboral decente y en la innovación. Es importante que la Comisión sitúe a los quinientos millones de ciudadanos de la UE en el centro del mercado único. Representan una importante fuerza económica cuyo gasto representa el 56 % del PIB de la UE, tal como se recoge en la Agenda del Consumidor de la Comisión ( 5 ).

1.6 El mercado único debe ser un instrumento con resultados tangibles, acorde con el acervo social y medioambiental. Las iniciativas previstas en el Acta del Mercado Único I y II deben coordinarse con las medidas emprendidas y los pasos dados para reforzar la UEM (el Pacto Presupuestario, el Mecanismo Europeo de Estabilidad, el Pacto por el Euro Plus, etc.).

1.7 Las negociaciones sobre acuerdos de libre comercio deben utilizarse para establecer unas condiciones equitativas -por ejemplo, una reciprocidad de aranceles-, manteniendo al mismo tiempo estándares elevados de protección del consumidor, medioambiental y social. En su competencia con los actores mundiales la UE debe asegurar los factores que refuerzan su competitividad, como unos recursos energéticos accesibles, una mano de obra cualificada y un mercado laboral flexible.

) DO C 24, 28.1.2012, p. 99.

DO C 132, 3.5.2011, p. 47; DO C 24, 28.1.2012, p. 99; DO C 299, 4.10.2012, p. 165. ) COM(2010) 603 final. ) Véase el catálogo de obstáculos al mercado único (Catalogue of Obstacles to the Single Market) publicado por el Observatorio del Mercado Único: http://www.eesc.europa.eu/?i=portal.en.publications.24626. ( 5 ) DO C 11, 15.01.2013, p. 54.

ES Diario Oficial de la Unión Europea 6.3.2014

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