Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la información que acompaña a las transferencias de fondos [COM(2013) 44 final — 2013/0024 (COD)] y sobre la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales y para la financiación del terrorismo [COM(2013) 45 final — 2013/0025 (COD)]

Sectiondictamen

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 271/31

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la información que acompaña a las transferencias de fondos

[COM(2013) 44 final - 2013/0024 (COD)]

y sobre la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales y para la financiación del terrorismo

[COM(2013) 45 final - 2013/0025 (COD)]

(2013/C 271/05)

Ponente: Christophe ZEEB

Los días 28 y 27 de febrero de 2013, de conformidad con el artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Consejo, y el 12 de marzo de 2013, de conformidad con los artículos 114 y 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Parlamento decidieron consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales y para la financiación del terrorismo

COM(2013) 45 final - 2013/0025(COD).

y la

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la información que acompaña a las transferencias de fondos

COM(2013) 44 final - 2013/0024 (COD).

La Sección Especializada de Unión Económica y Monetaria y Cohesión Económica y Social, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 24 de abril de 2013.

En su 490 o pleno de los días 22 y 23 de mayo de 2013 (sesión del 23 de mayo), el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 145 votos a favor y 4 abstenciones el presente dictamen.

Conclusiones y recomendaciones

El Comité Económico y Social Europeo (CESE) celebra las propuestas de la Comisión que tienen por objetivo adaptar el marco normativo europeo a la luz de las modificaciones de las normas internacionales de prevención de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Los delincuentes que abusan del sistema financiero y de las facilidades que ofrece el mercado interno ponen efectivamente en peligro los fundamentos mismos de nuestra sociedad. En opinión del CESE, es esencial dotar a la Unión Europea y a los Estados miembros de medios eficaces para reforzar la integridad y la transparencia de las operaciones financieras. A este respecto, las propuestas de la Comisión van ciertamente en la dirección co

El CESE acoge favorablemente las aclaraciones sobre la obligación de diligencia que los profesionales deben aplicar, por un lado, respecto de los beneficiarios finales de las empresas, lo que permite ganar transparencia acerca de los individuos que actúan detrás de la pantalla que puede constituir una persona jurídica, así como, por otra parte, respecto de las personas

políticamente expuestas que pueden suponer un mayor riesgo de corrupción en razón de sus funciones. El CESE aprueba también la inclusión de los proveedores de servicios de juegos de azar en la lista de profesionales sujetos a las obligaciones, ya que este sector puede utilizarse para el blanqueo de capitales.

1.3 El CESE acoge positivamente el objetivo de la Comisión de situar a la Unión Europea en la vanguardia mundial de la lucha contra el blanqueo de dinero y el terrorismo. El CESE considera que una de las maneras de garantizar la eficacia del nuevo marco normativo europeo, permitiendo así asumir a la UE el liderazgo en la lucha contra el blanqueo de capitales, es el esfuerzo colectivo de todas las partes interesadas. El CESE acoge favorablemente las aclaraciones que se han añadido a lo largo de la propuesta para asegurar la proporcionalidad en relación con las pymes. El CESE considera apropiado facilitar a las «pequeñas entidades» asistencia técnica y profesional a través de organismos intermedios, tales como las cámaras, asociaciones y federaciones profesionales, para que puedan cumplir las obligaciones establecidas en la propuesta.

ES Diario Oficial de la Unión Europea 19.9.2013

El CESE celebra que la Comisión haya intentado lograr un delicado acto de equilibrio entre intereses que parecen a

difícilmente conciliables, como son la protección de datos personales y la lucha contra el blanqueo de capitales. La finalidad de la recogida y análisis de información, incluidos los datos personales, por un amplio espectro de profesionales tiene como único objetivo detectar las actividades delictivas. Los profesionales deben, por tanto, velar por preservar, en la medida de lo posible, la privacidad de sus...

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