Decisión (UE) 2018/612 de la Comisión, de 7 de abril de 2016, relativa a la ayuda estatal SA 28876-2012/C (ex CP 202/2009) concedida por Grecia a la Terminal de Contenedores de El Pireo [notificada con el número C(2018) 1978] (Texto pertinente a efectos del EEE. )
Published date | 20 April 2018 |
Subject Matter | aiuti degli Stati,ayudas concedidas por los Estados,aides accordées par les États |
Official Gazette Publication | Gazzetta ufficiale dell'Unione europea, L 101, 20 aprile 2018,Diario Oficial de la Unión Europea, L 101, 20 de abril de 2018,Journal officiel de l'Union européenne, L 101, 20 avril 2018 |
20.4.2018 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | L 101/73 |
DECISIÓN (UE) 2018/612 DE LA COMISIÓN
de 7 de abril de 2016
relativa a la ayuda estatal SA 28876-2012/C (ex CP 202/2009) concedida por Grecia a la Terminal de Contenedores de El Pireo
[notificada con el número C(2018) 1978]
(El texto en lengua griega es el único auténtico)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 108, apartado 2, párrafo primero,
Considerando lo siguiente:
1. PROCEDIMIENTO
(1) | El 23 de marzo de 2015, la Comisión adoptó una decisión final (1) (en lo sucesivo, «la Decisión final») en la que establecía que Grecia había aplicado de manera ilegal, infringiendo el artículo 108, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, medidas de ayuda incompatibles en favor de la Terminal de Contenedores de El Pireo, S.A (Piraeus Container Terminal S. A., «PCT»). y de su empresa matriz y acreedora, Cosco Pacific Limited («Cosco»), y ordenó que se derogaran las medidas de ayuda y que se recuperaran las ayudas correspondientes. |
(2) | El 2 de junio de 2015, Grecia recurrió la decisión de la Comisión ante el Tribunal General de la Unión Europea. |
2. DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA MEDIDA
2.1. La Decisión final
(3) | En 2009, la Comisión recibió denuncias en relación con determinadas medidas fiscales que se habían concedido de conformidad con la Ley 3755/2009 (en lo sucesivo, «la Ley») al concesionario de una parte del puerto de El Pireo, Cosco, y su filial PCT (2). Estas exenciones estaban relacionadas con la concesión original, de 2008. El 11 de julio de 2012, la Comisión incoó un procedimiento formal de investigación, al tener dudas en relación con las exenciones fiscales citadas («incoación del procedimiento formal») (3). El 23 de marzo de 2015, la Comisión finalizó el procedimiento formal de investigación del asunto y concluyó que las medidas siguientes constituían ayuda estatal ilegal e incompatible (4):
|
(4) | En la misma Decisión, la Comisión llegó a la conclusión de que Grecia no había concedido ninguna ayuda al eximir a PCT de las normas de expropiación forzosa (5). |
2.2. La medida objeto de evaluación: exención del derecho de timbre por las indemnizaciones pagadas por la Autoridad del Puerto de El Pireo (OLP) a PCT (6)
(5) | En lo que respecta a la exención del derecho de timbre por las indemnizaciones pagadas por OLP a PCT, en la Decisión final la Comisión llegó a la conclusión de que esta medida constituía una ventaja selectiva en favor de PCT, ya que la eximía del pago de derechos de timbre en los siguientes casos: a) pago de indemnizaciones por la OLP al |
To continue reading
Request your trial