Commission Delegated Regulation (EU) 2016/1851 of 14 June 2016 adopting the programme of ad hoc modules, covering the years 2019, 2020 and 2021, for the labour force sample survey provided for by Council Regulation (EC) No 577/98 (Text with EEA relevance)

Published date20 October 2016
Subject Matterinformazione e verifiche,disposizioni sociali,información y verificación,disposiciones sociales,informations et vérifications,dispositions sociales
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell'Unione europea, L 284, 20 ottobre 2016,Diario Oficial de la Unión Europea, L 284, 20 de octubre de 2016,Journal officiel de l'Union européenne, L 284, 20 octobre 2016
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20.10.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 284/1

REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2016/1851 DE LA COMISIÓN

de 14 de junio de 2016

por el que se adopta el programa de módulos ad hoc para los años 2019, 2020 y 2021 de la encuesta muestral sobre la población activa establecida en el Reglamento (CE) n.o 577/98 del Consejo

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 577/98 del Consejo, de 9 de marzo de 1998, relativo a la organización de una encuesta muestral sobre la población activa en la Comunidad (1), y en particular su artículo 7 bis, apartado 4,

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con el Reglamento (CE) n.o 577/98, se deben detallar los elementos del programa de módulos ad hoc para los años 2019, 2020 y 2021.
(2) Es necesario disponer de un conjunto exhaustivo y comparable de datos sobre la organización del trabajo y las disposiciones relativas al horario laboral, así como contar con datos más detallados sobre la participación en el mercado de trabajo, a fin de supervisar los avances hacia los objetivos comunes de la Estrategia Europa 2020.
(3) En el contexto del actual debate sobre la flexiguridad (2), en el que se ha manifestado la necesidad de una mayor adaptabilidad tanto de las empresas como de los trabajadores en Europa (cuestión clave que resaltan la Estrategia Europea de Empleo y las orientaciones para las políticas de empleo (3)), es preciso recopilar datos, mediante una encuesta europea a gran escala, sobre el grado de aplicación de las diversas formas de nuevas prácticas en relación con la organización del trabajo y las disposiciones relativas al horario laboral, así como sobre las experiencias de los trabajadores al respecto.
(4) En su Comunicación relativa a un marco estratégico de la UE en materia de salud y seguridad en el trabajo (2014-2020) (4), la Comisión destacó la importancia de mejorar la recopilación de datos estadísticos sobre los accidentes y enfermedades relacionados con el trabajo, la exposición profesional y la mala salud relacionada con el trabajo. Un nuevo módulo ad hoc sobre accidentes de trabajo y problemas de salud relacionados con el trabajo debería hacer posible la comparación de los datos transmitidos por los Estados miembros en el marco del proyecto de estadísticas europeas de accidentes de trabajo con la situación de las personas en el mercado laboral, así como la recopilación de datos sobre problemas de salud relacionados con el trabajo. Además, debería proporcionar información sobre la exposición profesional a factores de riesgo para la salud física y el bienestar mental.
(5) En su Comunicación «Una Agenda Europea de Migración» (5), la Comisión reconoció la necesidad de desarrollar acciones estructurales relacionadas con la migración. Deben promoverse medidas destinadas a la integración de los inmigrantes, como son las iniciativas para mejorar sus competencias profesionales y lingüísticas, y a facilitar el reconocimiento de las cualificaciones y el acceso al mercado laboral. Por otro lado, uno de los ámbitos clave a los que se dirige la
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