Commission Directive 85/408/EEC of 11 July 1985 adapting to technical progress Council Directive 84/536/EEC on the approximation of the laws of the Member States relating to the permissible sound power level of power generators
Published date | 30 August 1985 |
Subject Matter | Approximation of laws,Environment |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Communities, L 233, 30 August 1985,Gazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 233, 30 agosto 1985,Journal officiel des Communautés européennes, L 233, 30 août 1985 |
Directiva 85/408/CEE de la Comisión, de 11 de julio de 1985, por la que se adapta al progreso técnico la Directiva 84/536/CEE del Consejo, referente a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros relativas al nivel de potencia acústica admisible de los grupos electrógenos de potencia
Diario Oficial n° L 233 de 30/08/1985 p. 0018 - 0019
Edición especial en español: Capítulo 15 Tomo 6 p. 0080
Edición especial en portugués: Capítulo 15 Tomo 6 p. 0080
Edición especial en finés : Capítulo 15 Tomo 7 p. 0057
Edición especial sueca: Capítulo 15 Tomo 7 p. 0057
DIRECTIVA DE LA COMISIÓN
de 11 de julio de 1985
por la que se adapta al progreso técnico la Directiva 84/536/CEE del Consejo , referente a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas al nivel de potencia acústica admisible de los grupos electrógenos de potencia
( 85/408/CEE )
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,
Vista la Directiva 84/536/CEE del Consejo , de 17 de septiembre de 1984 , referente a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas al nivel de potencia acústica admisible de los grupos electrógenos de potencia (1) y , en particular , su artículo 7 ,
Considerando que , gracias a la experiencia adquirida y habida cuenta del estado actual de la técnica , ahora es necesario adaptar las disposiciones del Anexo I de la Directiva 84/536/CEE a las condiciones reales de prueba ;
Considerando que las medidas previstas por la presente Directiva se atienen al dictamen del Comité para la adaptación al progreso técnico de la Directiva relativa a la determinación de la emisión sonora del material y maquinaria de construcción ,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA :
Artículo 1
El Anexo I de la Directiva 84/536/CEE será modificado con arreglo al Anexo de la presente Directiva .
Artículo 2
Los Estados miembros adoptarán y publicarán , antes del 26 de marzo de 1986 , las disposiciones necesarias para cumplir la presente Directiva e informarán de ello inmediatamente a la Comisión .
Artículo 3
Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros .
Hecho en Bruselas , el 11 de junio de 1985 .
Por la Comisión
Stanley CLINTON DAVIS
Miembro de la Comisión
(1) DO n º L 300 de 19 . 11 . 1984 , p. 149 .
ANEXO
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