Commission Directive 85/409/EEC of 11 July 1985 adapting to technical progress Council Directive 84/537/EEC on the approximation of the laws of the Member States relating to the permissible sound power level of powered hand-held concrete-breakers and picks

Published date30 August 1985
Subject MatterApproximation of laws,Environment
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 233, 30 August 1985
EUR-Lex - 31985L0409 - ES

Directiva 85/409/CEE de la Comisión, de 11 de julio de 1985, por la que se adapta al progreso técnico la Directiva 84/537/CEE del Consejo, referente a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros relativas al nivel de potencia acústica admisible de los trituradores de hormigón y martillos picadores de mano

Diario Oficial n° L 233 de 30/08/1985 p. 0020 - 0021
Edición especial en español: Capítulo 15 Tomo 6 p. 0082
Edición especial en portugués: Capítulo 15 Tomo 6 p. 0082
Edición especial en finés : Capítulo 15 Tomo 7 p. 0059
Edición especial sueca: Capítulo 15 Tomo 7 p. 0059


DIRECTIVA DE LA COMISIÓN

de 11 de julio de 1985

por la que se adapta al progreso técnico la Directiva 84/537/CEE del Consejo , referente a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas al nivel de potencia acústica admisible de los trituradores de hormigón y martillos picadores de mano

( 85/409/CEE )

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Vista la Directiva 84/537/CEE del Consejo , de 17 de septiembre de 1984 , referente a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas al nivel de potencia acústica admisible de los trituradores de hormigón y martillos picadores de mano (1) y , en particular , su artículo 6 ,

Considerando que , gracias a la experiencia adquirida y habida cuenta del estado actual de la técnica , ahora es necesario adaptar las disposiciones del Anexo I de la Directiva 84/537/CEE a las condiciones reales de prueba ;

Considerando que las medidas previstas por la presente Directiva se atienen al dictamen del Comité para la adaptación al progreso técnico de la Directiva relativa a la determinación de la emisión sonora del material y maquinaria para la construcción ,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA :

Artículo 1

El Anexo I de la Directiva 84/537/CEE será modificado con arreglo al Anexo de la presente Directiva .

Artículo 2

Los Estados miembros adoptarán y publicarán , antes del 26 de marzo de 1986 , las disposiciones necesarias para cumplir la presente Directiva e informarán de ello inmediatamente a la Comisión .

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros .

Hecho en Bruselas , el 11 de julio de 1985 .

Por la Comisión

Stanley CLINTON DAVIS

Miembro de la Comisión...

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