Commission Implementing Regulation (EU) No 636/2014 of 13 June 2014 on a model certificate for the trade of unskinned large wild game Text with EEA relevance

Published date14 June 2014
Subject Matterlegislación veterinaria,legislazione veterinaria,législation vétérinaire
Official Gazette PublicationDiario Oficial de la Unión Europea, L 175, 14 de junio de 2014,Gazzetta ufficiale dell'Unione europea, L 175, 14 giugno 2014,Journal officiel de l'Union européenne, L 175, 14 juin 2014
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14.6.2014 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 175/16

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 636/2014 DE LA COMISIÓN

de 13 de junio de 2014

relativo a un modelo de certificado sanitario para el comercio de caza mayor silvestre sin desollar

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal (1), y, en particular, su artículo 7, apartado 2, letra a),

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 853/2004 establece normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal. Establece, entre otros, requisitos para producir e introducir en el mercado carne procedente de la caza silvestre. Los operadores de empresas alimentarias deben velar por que este tipo de carne solo se introduzca en el mercado si su producción se ajusta a la sección IV del anexo III de dicho Reglamento.
(2) El Reglamento (CE) no 853/2004 también prevé el establecimiento de modelos de certificados que acompañen a las partidas de productos de origen animal.
(3) El Reglamento (UE) no 633/2014 de la Comisión (2), por el que se modifica el anexo III del Reglamento (CE) no 853/2004, establece que la caza mayor silvestre sin desollar podrá enviarse a un establecimiento de manipulación de otro Estado miembro si, durante el transporte a dicho establecimiento, va acompañada con un certificado que garantice el cumplimiento de lo dispuesto en la sección IV del anexo III del Reglamento (CE) no 853/2004.
(4) Para facilitar el comercio de la caza mayor silvestre sin desollar, conviene establecer un modelo de certificado sanitario para el comercio entre los Estados miembros.
(5) Dado que los cuerpos sin desollar de animales objeto de caza mayor silvestre pueden contener agentes patógenos causantes de zoonosis, dicha caza no debe practicarse en zonas sujetas por razones sanitarias a prohibiciones o restricciones que afecten a las especies afectadas en virtud de la legislación de la Unión o nacional. El comercio de cuerpos de jabalí sin desollar solo podrá tener lugar sin perjuicio de lo dispuesto en la Decisión de Ejecución 2013/764/UE de la Comisión (3).
(6) Las medidas previstas en el presente
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