Commission Implementing Regulation (EU) No 688/2013 of 18 July 2013 on the allocation of import rights for applications lodged for the period 1 July 2013 to 30 June 2014 under the tariff quota opened by Regulation (EC) No 431/2008 for frozen meat of bovine animals
Published date | 19 July 2013 |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Union, L 196, 19 July 2013 |
19.7.2013 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | L 196/12 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 688/2013 DE LA COMISIÓN
de 18 de julio de 2013
relativo a la asignación de derechos de importación en lo que respecta a las solicitudes presentadas para el período comprendido entre el 1 de julio de 2013 y el 30 de junio de 2014 en el marco del contingente arancelario abierto por el Reglamento (CE) no 431/2008 para la carne de vacuno congelada
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) (1),
Visto el Reglamento (CE) no 1301/2006 de la Comisión, de 31 de agosto de 2006, por el que se establecen normas comunes de gestión de los contingentes arancelarios de importación de productos agrícolas sujetos a un sistema de certificados de importación (2), y, en particular, su artículo 7, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) | El Reglamento (CE) no 431/2008 de la Comisión, de 19 de mayo de 2008, relativo a la apertura y modo de gestión de un contingente arancelario de importación de carne de vacuno congelada del código NC 0202 y productos del código NC 0206 29 91 (3), ha abierto un contingente arancelario para la importación de productos del sector de la carne de vacuno. |
(2) | Las solicitudes de derechos de importación presentadas para el período comprendido entre el 1 de julio de 2013 y el 30 de junio de 2014 son superiores a las cantidades disponibles. Por consiguiente, procede determinar la medida en que pueden concederse los derechos de importación mediante la fijación de un coeficiente de asignación que se aplicará a las cantidades solicitadas. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Se aplicará un coeficiente de asignación de 29,736422 % a las solicitudes de derechos de importación relativas al contingente designado con el número de orden 09.4003 y presentadas para el período comprendido entre el 1 de julio de 2013 y el 30 de junio de 2014 en virtud del Reglamento (CE) no 431/2008.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el 19 de julio de 2013.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas...
To continue reading
Request your trial