Commission Implementing Regulation (EU) 2016/1245 of 28 July 2016 setting out a preliminary correlation table between codes of the Combined Nomenclature provided for in Council Regulation (EEC) No 2658/87 and entries of waste listed in Annexes III, IV and V to Regulation (EC) No 1013/2006 of the European Parliament and of the Council on shipments of waste (Text with EEA relevance)

Published date29 July 2016
Subject MatterResiduos,arancel aduanero común (AAC),Déchets,tarif douanier commun
Official Gazette PublicationDiario Oficial de la Unión Europea, L 204, 29 de julio de 2016,Journal officiel de l'Union européenne, L 204, 29 juillet 2016
L_2016204ES.01001101.xml
29.7.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 204/11

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1245 DE LA COMISIÓN

de 28 de julio de 2016

por el que se establece una tabla de correspondencias preliminar entre los códigos de la nomenclatura combinada contemplados en el Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo y los códigos de residuos incluidos en los anexos III, IV y V del Reglamento (CE) n.o 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los traslados de residuos

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, relativo a los traslados de residuos (1), y en particular su artículo 50, apartado 4 sexies,

Considerando lo siguiente:

(1) La tabla de correspondencias preliminar debe incluir los códigos de residuos establecidos en el marco del Convenio de Basilea, de 22 de marzo de 1989, sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación, y de la Decisión C(2001) 107/final del Consejo de la OCDE, relativa a la revisión de la Decisión C(92) 39/final, sobre el control de los movimientos transfronterizos de residuos con destino a operaciones de valorización. Esos códigos figuran en los anexos III y IV y en el anexo V, partes 1 y 3, del Reglamento (CE) n.o 1013/2006. Los códigos de residuos enumerados en el anexo IIIB y en el anexo V, parte 2, del Reglamento (CE) n.o 1013/2006 no deben incluirse en la tabla de correspondencias preliminar, ya que son aplicables a los traslados que tienen lugar principalmente dentro de la Unión Europea, en los que no suelen intervenir las autoridades aduaneras. Es posible obtener correspondencias para cada uno de los códigos de residuos enumerados en el anexo IIIA del Reglamento (CE) n.o 1013/2006 utilizando las correspondencias de los códigos de residuos que figuran en el anexo III del Reglamento (CE) n.o 1013/2006. No se establece ninguna correspondencia de los códigos de residuos del anexo IVA del Reglamento (CE) n.o 1013/2006 porque ese anexo está vacío.
(2) Debido a las diferencias existentes entre las mercancías cubiertas por los códigos de la nomenclatura combinada establecidos en el Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo (2) (en lo sucesivo «códigos NC») y los códigos de residuos incluidos en los anexos III, IV y V del Reglamento (CE) n.o 1013/2006 (en lo sucesivo «códigos de residuos»), no siempre es posible establecer una correspondencia clara ni completa entre ellos. Cuando existan tales diferencias, es necesario establecer la correspondencia entre los códigos en función de una aproximación con vistas a lograr la mejor correlación posible.
(3) Se ha consultado a las partes interesadas sobre la base de un estudio encargado por la Comisión para determinar la naturaleza de las mercancías cubiertas por los códigos NC y los códigos de residuos, respectivamente, y en enero de 2015, la Sección de la Nomenclatura Arancelaria y Estadística del Comité del Código Aduanero aprobó el proyecto de tabla de correspondencias resultante del estudio y de la consulta de las partes interesadas. Debe adoptarse la tabla de correspondencias preliminar sobre la base de ese proyecto.
(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité establecido por el artículo 39 de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (3).

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se establece la tabla preliminar que muestra la correspondencia entre los códigos de la nomenclatura combinada (en lo sucesivo «códigos NC») contemplados en el Reglamento (CEE) n.o 2658/87 y los códigos de residuos incluidos en los anexos III, IV y V del Reglamento (CE) n.o 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 28 de julio de 2016

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER


(1) DO L 190 de 12.7.2006, p. 1.

(2) Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (DO L 256 de 7.9.1987, p. 1).

(3) Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas (DO L 312 de 22.11.2008, p. 3).


ANEXO

Tabla de correspondencias entre los códigos de la nomenclatura combinada contemplados en el reglamento (CEE) n.o 2658/87 y los códigos de residuos incluidos en los anexos III, IV y V del Reglamento (CE) n.o 1013/2006

Notas introductorias

1. La tabla de correspondencias entre los códigos de la nomenclatura combinada («códigos NC») y los códigos de residuos incluidos en los anexos III, IV y V del Reglamento (CE) n.o 1013/2006 («códigos de residuos») se presenta de dos maneras en las tablas A y B. En la tabla A, la columna 1 enumera los códigos de residuos clasificados en orden alfanumérico ascendente que corresponden a los códigos NC que figuran en la columna 2. En la tabla B, la columna 3 enumera los códigos NC clasificados en orden numérico ascendente que corresponden a los códigos de residuos que figuran en la columna 4. Los códigos de residuos de la columna 1 y los códigos NC de la columna 3 aparecen solo una vez en sus respectivas columnas.
2. Los códigos de residuos seleccionados a efectos de correspondencia a partir de los anexos del Reglamento (CE) n.o 1013/2006 son los códigos establecidos mediante acuerdos internacionales, en particular en el marco del Convenio de Basilea, o por la OCDE. Por razones de simplicidad, la presente tabla de correspondencias no tiene en cuenta que determinados códigos de residuos establecidos mediante acuerdos internacionales están clasificados en guiones o subguiones (por ejemplo, B3010).
3. En la tabla A, algunos códigos de residuos corresponden a más de un código NC, y en la tabla B, algunos códigos NC corresponden a más de un código de residuos. Para determinar cuál de los distintos códigos es aplicable, se tendrán en cuenta las descripciones de los códigos en sus respectivos Reglamentos.
Tabla A Tabla B
Columna 1 Columna 2 Columna 3 Columna 4
Código de residuo (1) Código NC (2) (3) Código NC (2) (3) Código de residuo (1)
A1010 ex 2620 60 00 ex 0501 00 00 B3070
ex 2843 90 10 ex 0502 10 00 A3110
ex 2853 00 90 B3110
ex 3825 69 00 GN010
ex 3825 90 90 ex 0502 90 00 A3110
ex 7112 91 00 B3110
ex 7112 92 00 GN010
ex 7112 99 00 ex 0505 10 10 GN030
ex 7802 00 00 ex 0505 10 90 GN030
ex 8107 30 00 ex 0505 90 00 GN030
ex 8110 20 00 ex 0506 10 00 B3060
ex 8112 13 00 ex 0506 90 00 B3060
ex 8112 52 00 ex 0511 91 10 B3060
A1020 ex 2620 29 00 ex 0511 99 10 A3110
ex 2620 91 00 B3110
ex 2620 99 95 ex 0511 99 85 A3110
ex 2621 90 00 B3110
ex 3825 20 00 GN020
ex 3825 69 00 ex 1213 00 00 B3060
ex 3825 90 90 B3070
ex 7112 91 00 ex 1404 90 00 B3060
ex 7112 92 00 ex 15 B3065
ex 7112 99 00 ex 1515 11 00 A4040
ex 7802 00 00 ex 1515 19 10 A4040
ex 8107 30 00 ex 1518 00 A4040
ex 8110 20 00 ex 1522 00 10 B3060
ex 8112 13 00 ex 1522 00 31 B3060
A1030 ex 2620 60 00 ex 1522 00 39 B3060
ex 2621 90 00 ex 1522 00 91 B3060
ex 2843 90 10 ex 1522 00 99 B3060
ex 2853 00 90 ex 1802 00 00 B3060
ex 3825 20 00 ex 2301 10 00 B3060
ex 3825 69 00 ex 2301 20 00 B3060
ex 3825 90 90 ex 2302 B3060
ex 8112 52 00 ex 2303 B3060
A1040 ex 3825 20 00 ex 2304 00 00 B3060
ex 3825 50 00 ex 2305 00 00 B3060
ex 3825 61 00 ex 2306 B3060
ex 3825 69 00 ex 2307 00 11 B3060
ex 3825 90 90 ex 2307 00 19 B3060
A1050 ex 2620 19 00 ex 2308 00 11 B3060
ex 2620 29 00 ex 2308 00 19 B3060
ex 2620 30 00 ex 2308 00 40 B3060
ex 2620 40 00 ex 2308 00 90 B3060
ex 2620 60 00 ex 2309 90 31 B3070
ex 2620 91 00 ex 2309 90 33 B3070
ex 2620 99 10 ex 2309 90 35 B3070
ex 2620 99 20 ex 2309 90 39 B3070
ex 2620 99 40 ex 2309 90 41 B3070
ex 2620 99 60 ex 2309 90 43 B3070
ex 2620 99 95 ex 2309 90 49 B3070
ex 3825 69 00 ex 2309 90 51 B3070
ex 3825 90 90 ex 2309 90 53 B3070
A1060 ex 3825 50 00 ex 2309 90 59 B3070
A1070 ex 2601 ex 2309 90 70 B3070
ex 2602 00 00 ex 2309 90 96 B3070
ex 2603 00 00 ex 2401 30 00 B3060
ex 2604 00 00 ex 2501 00 31 B2010
ex 2605 00 00 B2040
ex 2606 00 00 ex 2501 00 51 B2010
ex 2607 00 00 B2040
ex 2608 00 00 ex 2501 00 99 B2010
ex 2609 00 00 B2040
ex 2610 00 00 ex 2502 00 00 B2010
ex 2611 00 00 ex 2503 00 10 B2040
ex 2612 ex 2503 00 90 B2040
ex 2613 ex 2504 10 00 B2010
ex 2614 00 00 ex 2504 90 00 B2010
ex 2615 ex 2505 10 00 AB070
ex 2616 ex 2505 90 00 AB070
ex 2617 ex 2506 10 00 B2010
ex 2620 19 00 ex 2506 20 00 B2010
ex 3825 69 00 ex 2507 00 20 B2010
ex 3825 90 90 ex 2507 00 80 B2010
A1080 ex 2601 ex 2508 10 00 B2010
ex 2602 00 00 ex 2508 30 00 B2010
ex 2603 00 00 ex 2508 40 00 B2010
ex 2604 00 00 ex 2508 50 00 B2010
ex 2605 00 00 ex 2508 60 00 B2
...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT