Commission Implementing Regulation (EU) No 1371/2011 of 21 December 2011 amending Implementing Regulation (EU) No 961/2011 imposing special conditions governing the import of feed and food originating in or consigned from Japan following the accident at the Fukushima nuclear power station Text with EEA relevance

Published date22 December 2011
Subject Matterpublic health,Foodstuffs
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Union, L 341, 22 December 2011
L_2011341ES.01004101.xml
22.12.2011 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 341/41

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 1371/2011 DE LA COMISIÓN

de 21 de diciembre de 2011

que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) no 961/2011, por el que se imponen condiciones especiales a la importación de piensos y alimentos originarios o procedentes de Japón a raíz del accidente en la central nuclear de Fukushima

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria (1), y, en particular, su artículo 53, apartado 1, letra b), inciso ii),

Considerando lo siguiente:

(1) En el artículo 53 del Reglamento (CE) no 178/2002 se establece la posibilidad de que la Unión adopte medidas de emergencia apropiadas en relación con alimentos y piensos importados de un tercer país para proteger la salud pública o animal o el medio ambiente, cuando el riesgo no pueda controlarse satisfactoriamente mediante medidas adoptadas individualmente por los Estados miembros.
(2) Después del accidente producido en la central nuclear de Fukushima el 11 de marzo de 2011, la Comisión fue informada de que los niveles de radionúclidos en algunos productos alimenticios originarios de Japón, como la leche y las espinacas, superaban los umbrales de intervención aplicables en Japón. Dado que esta contaminación puede suponer una amenaza para la salud pública y la salud animal en la Unión, se adoptó el Reglamento de Ejecución (UE) no 961/2011 de la Comisión (2).
(3) Las autoridades japonesas están supervisando la presencia de radiactividad en los piensos y alimentos, y los resultados analíticos presentados muestran que determinados piensos y alimentos en prefecturas cercanas a la central nuclear de Fukushima todavía contienen niveles de radiactividad que superan los máximos permitidos. Conviene, por tanto, prorrogar por tres meses la fecha de aplicabilidad de las medidas.
(4) Un número considerable de muestras tomadas por las autoridades japonesas de piensos y alimentos procedentes de la prefectura de Nagano pone de manifiesto que la producción de piensos y alimentos en dicha prefectura solo se ve afectada por el accidente de la central nuclear de Fukushima en una medida muy limitada, ya que solamente una muestra de setas de las más de 1 800 muestras de piensos y alimentos procedentes de Nagano presentó niveles inaceptables de radiactividad. En concreto, casi todas las muestras tenían niveles de radiactividad no detectables y solo en unas pocas muestras se detectaron niveles significativos de radiactividad. Por consiguiente, procede retirar esta prefectura de la zona en la que se exige que se analicen todos los piensos y alimentos originarios de dichas prefecturas antes de su exportación a la UE.
(5) Los resultados
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