Commission Implementing Regulation (EU) 2015/747 of 11 May 2015 derogating from Implementing Regulation (EU) No 809/2014 as regards the final date of submission of the single application, aid applications or payment claims, the final date for notification of amendments to the single application or payment claim and the final date for applications for allocation of payment entitlements or the increase of the value of payment entitlements under the basic payment scheme for the year 2015

Published date12 May 2015
Subject MatterAgricultural structural funds
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Union, L 119, 12 May 2015
L_2015119ES.01002101.xml
12.5.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 119/21

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/747 DE LA COMISIÓN

de 11 de mayo de 2015

por el que se establece una excepción al Reglamento de Ejecución (UE) no 809/2014 en lo que se refiere a la fecha límite de presentación de la solicitud única, las solicitudes de ayuda o las solicitudes de pago, a la fecha límite para la notificación de las modificaciones de la solicitud única o de las solicitudes de pago y a la fecha límite de presentación de las solicitudes de asignación de derechos de pago o de incremento del valor de los derechos de pago en el marco del régimen de pago básico para el año 2015

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) no 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la política agrícola común, por el que se derogan los Reglamentos (CEE) no 352/78, (CE) no 165/94, (CE) no 2799/98, (CE) no 814/2000, (CE) no 1290/2005 y (CE) no 485/2008 del Consejo (1), y, en particular, su artículo 78, párrafo primero, letra b), y párrafo segundo,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento de Ejecución (UE) no 809/2014 de la Comisión (2) prevé la fecha límite de presentación de la solicitud única, las solicitudes de ayuda o las solicitudes de pago, la fecha límite para la notificación de las modificaciones de la solicitud única o de las solicitudes de pago y la fecha límite de presentación de las solicitudes de asignación de derechos de pago o de incremento del valor de los derechos de pago en el marco del régimen de pago básico.
(2) Los Estados miembros han experimentado ciertas dificultades al llevar a la práctica los nuevos regímenes de ayudas directas y las medidas de desarrollo rural. De resultas de ello, se ha demorado la gestión de la solicitud única, las solicitudes de ayuda y las solicitudes de pago, así como de las solicitudes de asignación de derechos de pago o de incremento del valor de los derechos de pago en el marco del régimen de pago básico.
(3) Como consecuencia de esta situación, los beneficiarios han visto mermadas sus posibilidades de presentar la solicitud única, las solicitudes de ayuda o las solicitudes de pago y las solicitudes de asignación de derechos de pago o de incremento del valor de los derechos de pago en el marco del régimen de pago
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