Commission Regulation (EC) No 1168/97 of 26 June 1997 extending the provisional anti-dumping duties on imports of sacks and bags made of polyethylene or polypropylene originating in India, Indonesia and Thailand
Published date | 27 June 1997 |
Subject Matter | Commercial policy,Dumping |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Communities, L 169, 27 June 1997 |
Reglamento (CE) nº 1168/97 de la Comisión de 26 de junio de 1997 por el que se prorrogan los derechos antidumping provisionales sobre las importaciones de sacos y bolsas de polietileno o polipropileno originarias de la India, de Indonesia y de Tailandia
Diario Oficial n° L 169 de 27/06/1997 p. 0014 - 0014
REGLAMENTO (CE) N° 1168/97 DE LA COMISIÓN de 26 de junio de 1997 por el que se prorrogan los derechos antidumping provisionales sobre las importaciones de sacos y bolsas de polietileno o polipropileno originarias de la India, de Indonesia y de Tailandia
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) n° 384/96 del Consejo, de 22 de diciembre de 1995, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Comunidad Europea (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2331/96 (2), y, en particular, su artículo 7,
Considerando que mediante el Reglamento (CE) n° 45/97 de la Comisión (3) se establecieron derechos antidumping provisionales sobre las importaciones de sacos y bolsas de polietileno o polipropileno originarias de la India, Indonesia y Tailandia;
Considerando que el análisis de los hechos aún no ha finalizado y que la Comisión ha comunicado a los exportadores notoriamente afectados su intención de prorrogar la validez de los derechos provisionales por un período adicional de tres meses;
Considerando que los exportadores que representan un porcentaje significativo del comercio implicado no han puesto ninguna objeción a la notificación de la Comisión;
Previa consulta al Comité consultivo,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Se prorroga durante tres meses la validez de los derechos antidumping provisionales sobre las importaciones de sacos y bolsas de polietileno o polipropileno originarias de la India, Indonesia y Tailandia establecidos mediante el Reglamento (CE) n° 45/97. Dicha validez expirará el 15 de octubre de 1997. Dejará de aplicarse si antes de dicha fecha el Consejo adopta medidas definitivas o el procedimiento se da por concluido de conformidad con el artículo 9 del Reglamento (CE) n° 384/96.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las...
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