Commission Regulation (EC) No 1092/2000 of 24 May 2000 imposing a provisional countervailing duty on imports of styrene-butadiene-styrene thermoplastic rubber originating in Taiwan

Published date25 May 2000
Subject MatterCommercial policy,Dumping
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 124, 25 May 2000
EUR-Lex - 32000R1092 - ES

Reglamento (CE) nº 1092/2000 de la Comisión, de 24 de mayo de 2000, por el que se establece un derecho compensatorio provisional sobre las importaciones de cauchos termoplásticos estireno-butadieno-estireno originarias de Taiwán

Diario Oficial n° L 124 de 25/05/2000 p. 0026 - 0040


Reglamento (CE) no 1092/2000 de la Comisión

de 24 de mayo de 2000

por el que se establece un derecho compensatorio provisional sobre las importaciones de cauchos termoplásticos estireno-butadieno-estireno originarias de Taiwán

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 2026/97 del Consejo, de 6 de octubre de 1997, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de subvenciones por parte de países no miembros de la Comunidad Europea(1) y, en particular, su artículo 12,

Previa consulta al Comité consultivo,

Considerando lo siguiente:

A. PROCEDIMIENTO

(1) En agosto de 1999, la Comisión comunicó, mediante un anuncio (en lo sucesivo el "anuncio del inicio") publicado en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas(2) el inicio de un procedimiento antisubvenciones relativo a las importaciones de cauchos termoplásticos estireno-butadieno-estireno (en lo sucesivo "SBS") originarias de Taiwán en la Comunidad y abrió una investigación.

(2) El procedimiento se inició a consecuencia de una denuncia presentada por la Federación Europea de las Asociaciones de Fabricantes de Productos Químicos (CEFIC) en nombre de productores comunitarios que representan una proporción importante de la producción comunitaria de SBS. La denuncia incluía pruebas de las subvenciones concedidas a dicho producto y del importante perjuicio resultante que se consideraron suficientes para justificar el inicio de un procedimiento.

(3) Al mismo tiempo, la Comisión inició un procedimiento antidumping paralelo relativo al mismo producto originario de Taiwán(3).

(4) Antes del inicio del procedimiento, y de conformidad con el apartado 9 del artículo 10 del Reglamento (CE) no 2026/97 (en lo sucesivo el "Reglamento de base"), la Comisión notificó al Gobierno de Taiwán (en lo sucesivo "GT") que había recibido una denuncia debidamente justificada en la que se alegaba que las importaciones de SBS originarias de Taiwán objeto de subvenciones estaban causando un perjuicio importante a la industria de la Comunidad.

(5) La Comisión comunicó oficialmente el inicio del procedimiento a los productores comunitarios, a los productores exportadores y a los importadores notoriamente afectados, a los representantes del país exportador y al denunciante y ofreció a las partes interesadas la oportunidad de dar a conocer sus opiniones por escrito y de solicitar una audiencia.

(6) El GT, varios productores exportadores, así como algunos productores, importadores y proveedores en la Comunidad dieron a conocer sus opiniones por escrito. Fueron oídas todas las partes que lo solicitaron dentro de los plazos fijados en el anuncio de apertura.

(7) La Comisión envió cuestionarios a todas las partes notoriamente afectadas y recibió respuestas del GT y de varias empresas en la Comunidad y Taiwán.

(8) La Comisión recabó y verificó toda la información que consideró necesaria a efectos de una determinación preliminar de la subvención y del perjuicio, y llevó a cabo investigaciones en los locales de los siguientes organismos competentes de la Administración, los productores exportadores, los productores comunitarios, así como los importadores y los usuarios independientes en la Comunidad.

(9) Gobierno de Taiwán:

- Ministerio de Economía - Organismo de Comercio Exterior (BOFT), Taipei,

- Ministerio de Economía - Organismo de Desarrollo Industrial (IDB), Taipei,

- Ministerio de Hacienda - Departamento de Impuestos, Taipei,

- Ministerio de Hacienda - Dirección General de Aduanas, Taipei,

- Fondo de desarrrollo, "Executive Yuan", Taipei,

- Chiao Tung Bank, Taipei,

- Business Bank of Taiwan, Taipei.

(10) Productores exportadores de Taiwán:

- Chi Mei Corporation, Tainan,

- Lee Chang Yung Chemcial Industry, Taipei.

(11) Productores comunitarios:

- Dynasol, SA, Madrid, España (nuevo nombre de Repsol Química, SA),

- Enichem SpA, Milán, Italia,

- Fina Chemicals, Bruselas, Bélgica,

- SHELL Chemicals Ltd, Londres, Reino Unido.

(12) Importadores independientes en la Comunidad:

- Biesterfeld France SARL, Rueil, Francia,

- Tecnopolimeri, Milán, Italia.

(13) Usuarios en la Comunidad:

- Thermoplastiques Cousin-Treissier, Tiffauges, Francia.

(14) La investigación sobre la subvención abarcó el período que va del 1 de julio de 1998 al 30 de junio de 1999 (en lo sucesivo el "período de investigación" o "PI"). El examen de las tendencias en el contexto del análisis del perjuicio abarcó el período que va del 1 de enero de 1995 al final del período de investigación (en lo sucesvio "el período de investigación del perjuicio" o "PII").

B. PRODUCTO CONSIDERADO Y PRODUCTO SIMILAR

1. Producto considerado

(15) El producto considerado consiste en cauchos termoplásticos estireno-butadieno-estireno, actualmente clasificables en los códigos NC ex42021900 y ex 4002 99. Durante el período de validez de las medidas provisionales podrá modificarse la nomenclatura combinada. En tal caso, los códigos TARIC correspondientes, respectivamente, a los códigos NC serían los siguientes: 4002190010, 4002 99 10 10 y 4002999091.

(16) Este producto se utiliza para una serie de aplicaciones como la termodificación del betún para fabricar asfalto y membranas para tejados, la confección técnica y de calzado (mezcla de diversos tipos de polímeros, materias de relleno y plastificadores), modificación plástica y adhesivos.

(17) Los SBS son polímeros a base de estireno y butadieno. Pueden ser secos o, si se les añade aceite en la fase de fabricación, enriquecidos con aceite. Además, los SBS pueden ser de distintos tipos, según sus características (por ejemplo, la proporción entre estireno y butadieno y el contenido de aceite). Aunque estos tipos varíen considerablemente, no existen diferencias significativas en sus características físicas básicas. Por lo tanto, se consideran un solo producto a efectos de esta investigación.

2. Producto similar

(18) La Comisión no constató ninguna diferencia entre las características físicas y aplicaciones básicas de los SBS originarios de Taiwán e importados en la Comunidad, los vendidos en el mercado interior en Taiwán y los SBS producidos por la industria de la Comunidad y vendidos en el mercado comunitario. Por lo tanto, se concluyó que todos estos productos son semejantes a efectos del apartado 4 del artículo 1 del Reglamento de base.

C. SUBVENCIONES

1. Introducción

(19) Sobre la base de la información contenida en la denuncia y las respuestas a los cuestionarios de la Comisión, esta última investigó los cuatro sistemas siguientes, mediante los cuales se concedieron supuestamente subvenciones:

i) créditos y exenciones fiscales,

ii) préstamos a tipos de interés preferenciales,

iii) amortización acelerada,

iv) exención de derechos de importación.

(20) Los sistemas i) a ii) están basados en el Estatuto para la modernización de industrias, que entró en vigor el 1 de enero de 1991 y que se modificó en último lugar el 27 de enero de 1995. La finalidad de estos sistemas es promover una modernización general de la industria creando un entorno fiscal ventajoso a través de medidas financieras apropiadas. La aplicación de estos sistemas se rige por las disposiciones de aplicación del Estatuto para la modernización de industrias, modificadas en último lugar el 21 de julio de 1999. Además, la aplicación de estos sistemas se rige por medidas decretados por el GT.

(21) El sistema iv) está basado en la nota adicional 6 del capítulo 29 del Arancel aduanero de importación y en la clasificación de las mercancías importadas y exportadas de la República de China (Taiwán).

2. Créditos y exenciones fiscales

(22) El denunciante presentó varias alegaciones referentes a incentivos fiscales concedidos a los productores de SBS en Taiwán. Sin embargo, la Comisión constató que los créditos fiscales solamente se utilizaron para la compra de equipo de automatización y equipo para el control de la contaminación.

(23) Los créditos fiscales están a disposición de las empresas taiwanesas privadas con actividades de fabricación y servicios técnicos. No se exige ningún requisito específico relativo a la exportación, a determinados tipos de producto, a la producción de unas cantidades mínimas o a un volumen de negocios mínimo. Sin embargo, las exenciones fiscales solamente se conceden a aquellas inversiones que superan 600000 nuevos dólares taiwanenes en las siguientes áreas:

- equipo para automatización de la producción,

- equipo para el control de la contaminación,

- tecnología para la automatización de la producción o para el control de la contaminación.

a) Puesta en práctica

(24) Toda empresa subvencionable que invierta en los equipos previamente mencionados puede deducir del impuesto de sociedades que debe pagar durante el ejercicio en curso entre un 10 y un 20 %del importe de la compra. En caso de que el importe de este impuesto sea inferior al importe deducible, el beneficio puede transferirse durante los próximos cuatro años.

(25) El importe del crédito fiscal es el siguiente:

- para la compra de equipo para automatización o equipo para el control de la contaminación fabricado en el país, el crédito es del 20 %,

- para la compra de equipo para automatización o de equipo para el control de la contaminación fabricado en el exterior, el crédito es del 10 %,

- para la compra de tecnología para la automatización de la producción, el crédito autorizado es del 10 %,

- para la compra de la tecnología para el control de la contaminación, el crédito autorizado es del 5 %.

(26) Para obtener créditos fiscales, las empresas presentan una solicitud para la concesión de un...

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