Commission Regulation (EC) No 802/98 of 16 April 1998 initiating a 'new exporter' review of Council Regulation (EC) No 1950/97 imposing a definitive anti-dumping duty on imports of sacks and bags made of polyethylene or polypropylene originating, inter alia, in India, repealing the duty with regard to imports from four exporters in this country and making these imports subject to registration

Published date17 April 1998
Subject MatterCommercial policy,Dumping
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 115, 17 April 1998
EUR-Lex - 31998R0802 - ES

Reglamento (CE) nº 802/98 de la Comisión de 16 de abril de 1998 por el que se inicia un procedimiento de reconsideración para «un nuevo exportador» del Reglamento (CE) nº 1950/97 del Consejo, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de sacos y bolsas de polietileno o polipropileno originarias, inter alia, de la India, y por el que se deroga el derecho aplicable a las importaciones de cuatro exportadores de este país y se someten a registro dichas importaciones

Diario Oficial n° L 115 de 17/04/1998 p. 0003 - 0004


REGLAMENTO (CE) N° 802/98 DE LA COMISIÓN de 16 de abril de 1998 por el que se inicia un procedimiento de reconsideración para «un nuevo exportador» del Reglamento (CE) n° 1950/97 del Consejo, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de sacos y bolsas de polietileno o polipropileno originarias, inter alia, de la India, y por el que se deroga el derecho aplicable a las importaciones de cuatro exportadores de este país y se someten a registro dichas importaciones

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 384/96 del Consejo, de 22 de diciembre de 1995, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Comunidad Europea (1), modificado por el Reglamento (CE) n° 2331/96 (2), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 11,

Previa consulta al Comité consultivo,

Considerando lo que sigue:

A. SOLICITUD DE RECONSIDERACIÓN

(1) La Comisión ha recibido una solicitud de reconsideración para un «nuevo exportador» de conformidad con el apartado 4 del artículo 11 del Reglamento (CE) n° 384/96 (en lo sucesivo denominado «el Reglamento de base»). Las solicitudes fueron presentadas por Hyderabad Polymers Pvt. Ltd., Pithampur Poly Products Ltd., Sangam Cirfab Pvt. Ltd. y Synthetic Fibres (Mysore) Pvt. Ltd, cuatro exportadores de la India que alegan que no exportaron el producto afectado durante el período de investigación que sirvió de base a las medidas antidumping, es decir, el período comprendido entre el 1 de abril de 1994 y el 31 de marzo de 1995 (en lo sucesivo denominado «el período original de investigación»).

B. PRODUCTO

(2) El producto afectado son los sacos y talegas para envasar, distintos de los de punto o ganchillo...

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