Commission Regulation (EC) No 16/2000 of 5 January 2000 repealing Regulation (EC) No 2558/1999 derogating temporarily from certain provisions on the issuing of export licences with advance fixing of the refund for agricultural products
Published date | 06 January 2000 |
Subject Matter | Agriculture and Fisheries |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Communities, L 3, 06 January 2000 |
Reglamento (CE) nº 16/2000 de la Comisión, de 5 de enero de 2000, que deroga el Reglamento (CE) nº 2558/1999 por el que se establecen excepciones temporales a determinadas disposiciones relativas a los certificados de exportación con fijación anticipada de la restitución para los productos agrícolas
Diario Oficial n° L 003 de 06/01/2000 p. 0008 - 0009
REGLAMENTO (CE) N° 16/2000 DE LA COMISIÓN
de 5 de enero de 2000
que deroga el Reglamento (CE) n° 2558/1999 por el que se establecen excepciones temporales a determinadas disposiciones relativas a los certificados de exportación con fijación anticipada de la restitución para los productos agrícolas
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) n° 1255/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos(1), y, en particular, sus artículos 26, 31 y 42, así como las disposiciones correspondientes de otros Reglamentos por los que se establece la organización común de mercados de los productos agrícolas,
Considerando lo siguiente:
(1) Para garantizar la buena gestión del régimen de certificados de exportación con fijación anticipada de la restitución con ocasión del paso del año 1999 al año 2000, y, debido a las posibles perturbaciones en la transmisión de datos por parte de los Estados miembros a la Comisión, el Reglamento (CE) n° 2558/1999 de la Comisión(2), establece en su artículo 2 que los plazos de reflexión contemplados en en su artículo 1 para la expedición de certificados de exportación con fijación anticipada de la restitución para los productos de los sectores de la leche y los productos lácteos, la carne de vacuno, la carne de porcino, la carne de aves de corral, los huevos, las frutas y hortalizas, los productos transformados a base de frutas y hortalizas, el vino, los cereales, el arroz, el azúcar, el aceite de oliva y los productos agrícolas exportados en forma de mercancías no incluidas en el anexo I del Tratado se amplían a diez días para las solicitudes de certificados presentadas del 27 de diciembre de 1999 al 10 de enero de 2000.
(2) No obstante, habida cuenta de que la ampliación del plazo de reflexión para la expedición de los certificados constituye una medida temporal y excepcional, en el artículo 3 del Reglamento...
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