Commission Regulation (EC) No 1749/2003 of 2 October 2003 reducing, for the 2003/04 marketing year, the amount of aid to producers of certain citrus fruits following an overrun of the processing threshold in certain Member States

Published date03 October 2003
Subject MatterEuropean Agricultural Guidance and Guarantee Fund (EAGGF),Fruit and vegetables
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Union, L 251, 03 October 2003
EUR-Lex - 32003R1749 - ES

Reglamento (CE) n° 1749/2003 de la Comisión, de 2 de octubre de 2003, por el que se reducen, para la campaña 2003/04, los importes de la ayuda a los productores de determinados cítricos debido al rebasamiento del umbral de transformación en determinados Estados miembros

Diario Oficial n° L 251 de 03/10/2003 p. 0003 - 0004


Reglamento (CE) no 1749/2003 de la Comisión

de 2 de octubre de 2003

por el que se reducen, para la campaña 2003/04, los importes de la ayuda a los productores de determinados cítricos debido al rebasamiento del umbral de transformación en determinados Estados miembros

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 2202/96 del Consejo, de 28 de octubre de 1996, por el que se establece un régimen de ayuda a los productores de determinados cítricos(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1933/2001 de la Comisión(2), y, en particular, su artículo 6,

Considerando lo siguiente:

(1) El apartado 1 del artículo 5 del Reglamento (CE) n° 2202/96 establece para determinados cítricos un umbral comunitario de transformación repartido entre los Estados miembros, de conformidad con el anexo II de dicho Reglamento. El apartado 2 de dicho artículo dispone que, cuando se haya producido un rebasamiento del umbral comunitario, los importes de la ayuda indicados en el anexo I del citado Reglamento se reducirán en todos los Estados miembros en los que se haya rebasado el umbral de transformación correspondiente. El rebasamiento del umbral se apreciará sobre la base de la media de las cantidades transformadas con ayuda durante las tres campañas o períodos equivalentes anteriores a la campaña para la que debe fijarse la ayuda.

(2) Los Estados miembros comunicaron, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del apartado 1 del artículo 23 del Reglamento (CE) n° 1092/2001 de la Comisión, de 30 de mayo de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n° 2202/96 del Consejo, por el que se establece un régimen de ayuda a los productores de determinados cítricos(3), modificado por el Reglamento (CE) n° 350/2002(4), las cantidades de naranjas transformadas con ayuda. Basándose en estos datos, se comprobó un rebasamiento de 101966 toneladas del umbral de transformación comunitario. Dentro de este rebasamiento, se comprobó un...

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