Commission Regulation (EC) No 2704/94 of 7 November 1994 amending Regulation (EC) No 3338/93 as regards measures to encourage the processing of certain citrus fruits and the marketing of products processed from lemons
Published date | 08 November 1994 |
Subject Matter | Processed fruit and vegetables,European Agricultural Guidance and Guarantee Fund (EAGGF),Agriculture and Fisheries,Fruit and vegetables |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Communities, L 287, 8 November 1994 |
Reglamento (CE) n° 2704/94 de la Comisión de 7 de noviembre de 1994 por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 3338/93 por lo que respecta a las medidas destinadas a fomentar la transformación de determinados cítricos y la comercialización de productos transformados a base de limones
Diario Oficial n° L 287 de 08/11/1994 p. 0022 - 0023
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 62 p. 0193
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 62 p. 0193
REGLAMENTO (CE) No 2704/94 DE LA COMISIÓN de 7 de noviembre de 1994 por el que se modifica el Reglamento (CE) no 3338/93 por lo que respecta a las medidas destinadas a fomentar la transformación de determinados cítricos y la comercialización de productos transformados a base de limones
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 3119/93 del Consejo, de 8 de noviembre de 1993, por el que se establecen medidas especiales destinadas a fomentar el recurso a la transformación de determinados cítricos (1) y, en particular, su artículo 10,
Considerando que el artículo 5 del Reglamento (CE) no 3119/93 establece un régimen de ayuda a las satsumas cosechadas en la Comunidad y transformadas en segmentos; que ese régimen comprende el pago de una ayuda a las organizaciones de productores de cítricos para las satsumas entregadas a la industria de transformación que hayan sido objeto de un contrato;
Considerando que la experiencia adquirida en la gestión del régimen aplicado mediante el Reglamento (CE) no 3338/93 de la Comisión (2) lleva a modificar las normas aplicables a las solicitudes de ayuda de las organizaciones de productores de cítricos y a reforzar las relativas a las consecuencias que se derivan para los productores en caso de que no respeten el precio mínimo que debe pagarse a los productores o a las organizaciones de productores;
Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de las frutas y hortalizas,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El Reglamento (CE) no 3338/93 quedará modificado como sigue:
1) El apartado 4 del artículo 7 se sustituirá por el texto siguiente:
« 4. Sin perjuicio del caso contemplado en la letra b) del apartado 2 del artículo 12, el pago de la materia prima al productor o a la organización de productores por...
To continue reading
Request your trial