Commission Regulation (EC) No 456/2003 of 12 March 2003 laying down special rules on the prefinancing of export refunds for certain beef and veal products placed under a customs-warehousing or free-zone procedure

Published date13 March 2003
Subject MatterBeef and veal,Monetary measures in the field of agriculture
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Union, L 69, 13 March 2003
EUR-Lex - 32003R0456 - ES

Reglamento (CE) n° 456/2003 de la Comisión, de 12 de marzo de 2003, por el que se establecen disposiciones específicas para la prefinanciación de la restitución por exportación de determinados productos del sector de la carne de vacuno que se encuentren en régimen de depósito aduanero o de zona franca

Diario Oficial n° L 069 de 13/03/2003 p. 0018 - 0020


Reglamento (CE) no 456/2003 de la Comisión

de 12 de marzo de 2003

por el que se establecen disposiciones específicas para la prefinanciación de la restitución por exportación de determinados productos del sector de la carne de vacuno que se encuentren en régimen de depósito aduanero o de zona franca

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 1254/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de vacuno(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2345/2001 de la Comisión(2), y, en particular, el apartado 12 de su artículo 33,

Considerando lo siguiente:

(1) El capítulo 3 del título II del Reglamento (CE) n° 800/1999 de la Comisión, de 15 de abril de 1999, por el que se establecen disposiciones comunes de aplicación del régimen de restituciones por exportación de productos agrícolas(3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 253/2002(4), precisa las disposiciones de aplicación del pago por anticipado de las restituciones correspondientes a los productos que se encuentran en régimen de depósito aduanero o de zona franca.

(2) Habida cuenta de las condiciones de producción de determinadas carnes de vacuno deshuesadas y de participación en el régimen de pago por anticipado de la restitución previo almacenamiento de las mismas así como de la forma en que se exportan esos productos, procede completar con disposiciones específicas las disposiciones de control establecidas en el artículo 27 del Reglamento (CE) n° 800/1999. Estas disposiciones complementarias consisten básicamente en la creación de una base de datos informática, aprobada por la autoridad aduanera de control, que tendrá acceso directo a ella, por parte de los agentes económicos que deseen participar en ese régimen de ayuda.

(3) Procede establecer una dispensa de aplicación del período durante el cual determinados productos del sector de la carne de vacuno pueden permanecer en régimen de depósito aduanero o de zona franca, establecido en el apartado 5 del artículo 29 del Reglamento (CE) n° 800/1999. Atendiendo a las condiciones específicas del sector de la carne de vacuno, es necesario que ese período sea de cuatro meses para que el régimen pueda funcionar.

(4) Para mejorar la transparencia de las operaciones y la eficacia y rapidez de los controles, procede limitar el número de operaciones que pueden presentarse en cada fase del procedimiento.

(5) Para que el régimen funcione correctamente, procede establecer los criterios y la frecuencia de control y las consecuencias a que habrá lugar en caso de que se adviertan diferencias entre las existencias físicas y las existencias registradas en la base de datos. Además, procede establecer una dispensa de aplicación de lo dispuesto en el apartado 7 del artículo 26 del Reglamento (CE) n° 800/1999.

(6) El...

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