Commission Regulation (EC) No 1177/2008 of 28 November 2008 establishing the standard import values for determining the entry price of certain fruit and vegetables
Published date | 29 November 2008 |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Union, L 319, 29 November 2008 |
29.11.2008 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | L 319/14 |
REGLAMENTO (CE) N o 1177/2008 DE LA COMISIÓN
de 28 de noviembre de 2008
por el que se establecen valores de importación a tanto alzado para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) (1),
Visto el Reglamento (CE) no 1580/2007 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2007, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los Reglamentos (CE) no 2200/96, (CE) no 2201/96 y (CE) no 1182/2007 del Consejo en el sector de las frutas y hortalizas (2), y, en particular, su artículo 138, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
El Reglamento (CE) no 1580/2007 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores de importación a tanto alzado de terceros países correspondientes a los productos y períodos que figuran en el anexo XV, parte A, de dicho Reglamento.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
En el anexo del presente Reglamento quedan fijados los valores de importación a tanto alzado a que se refiere el artículo 138 del Reglamento (CE) no 1580/2007.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el 29 de noviembre de 2008.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 28 de noviembre de 2008.
Por la Comisión
Jean-Luc DEMARTY
Director General de Agricultura y Desarrollo Rural
(1) DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.
(2) DO L 350 de 31.12.2007, p. 1.
ANEXO
Valores de importación a tanto alzado para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas
(EUR/100 kg) | ||
Código NC | Código país tercero (1) | Valor global de importación |
0702 00 00 | AL | 25,7 |
MA | 54,0 | |
TR | 71,8 | |
ZZ | 50,5 | |
0707 00 05 | EG | 188,1 |
JO | 167,2 | |
MA | 58,1 | |
TR | 83,7 | |
ZZ | 124,3 | |
0709 90 70 | MA | 64,8 |
TR | 122,0 | |
ZZ | 93,4 | |
0805 20 10 | MA | 66,8 |
TR | 65,0 | |
ZZ | 65,9 | |
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