Commission Regulation (EC) No 1301/2008 of 19 December 2008 establishing the standard import values for determining the entry price of certain fruit and vegetables

Published date20 December 2008
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Union, L 344, 20 December 2008
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20.12.2008 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 344/10

REGLAMENTO (CE) N o 1301/2008 DE LA COMISIÓN

de 19 de diciembre de 2008

por el que se establecen valores de importación a tanto alzado para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) (1),

Visto el Reglamento (CE) no 1580/2007 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2007, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los Reglamentos (CE) no 2200/96, (CE) no 2201/96 y (CE) no 1182/2007 del Consejo en el sector de las frutas y hortalizas (2), y, en particular, su artículo 138, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

El Reglamento (CE) no 1580/2007 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores de importación a tanto alzado de terceros países correspondientes a los productos y períodos que figuran en el anexo XV, parte A, de dicho Reglamento.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el anexo del presente Reglamento quedan fijados los valores de importación a tanto alzado a que se refiere el artículo 138 del Reglamento (CE) no 1580/2007.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 20 de diciembre de 2008.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 19 de diciembre de 2008.

Por la Comisión

Jean-Luc DEMARTY

Director General de Agricultura y Desarrollo Rural


(1) DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.

(2) DO L 350 de 31.12.2007, p. 1.


ANEXO

Valores de importación a tanto alzado para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

(EUR/100 kg)
Código NC Código país tercero (1) Valor global de importación
0702 00 00 CR 110,3
MA 82,4
TR 91,2
ZZ 94,6
0707 00 05 JO 167,2
MA 63,0
TR 110,3
ZZ 113,5
0709 90 70 MA 126,5
TR 110,9
ZZ 118,7
0805 10 20 AR 17,0
BR 44,6
CL 52,1
EG 51,1
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