Commission Regulation (EC) No 490/2008 of 3 June 2008 establishing the standard import values for determining the entry price of certain fruit and vegetables

Published date04 June 2008
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Union, L 144, 04 June 2008
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4.6.2008 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 144/1

REGLAMENTO (CE) N o 490/2008 DE LA COMISIÓN

de 3 de junio de 2008

por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1580/2007 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2007, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los Reglamentos (CE) no 2200/96, (CE) no 2201/96 y (CE) no 1182/2007 del Consejo en el sector de las frutas y hortalizas (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 138,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 1580/2007 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores a tanto alzado de importación de terceros países correspondientes a los productos y períodos que se precisan en su anexo.
(2) En aplicación de los criterios antes indicados, los valores globales de importación deben fijarse en los niveles que figuran en el anexo del presente Reglamento.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los valores globales de importación a que se refiere el artículo 138 del Reglamento (CE) no 1580/2007 quedan fijados según se indica en el cuadro del anexo.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 4 de junio de 2008.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 3 de junio de 2008.

Por la Comisión

Jean-Luc DEMARTY

Director General de Agricultura y Desarrollo Rural


(1) DO L 350 de 31.12.2007, p. 1.


ANEXO

del Reglamento de la Comisión, de 3 de junio de 2008, por el que se establecen los valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

(EUR/100 kg)
Código NC Código país tercero (1) Valor global de importación
0702 00 00 MA 41,9
MK 44,3
TR 93,6
ZZ 59,9
0707 00 05 MK 30,3
TR 134,3
ZZ 82,3
0709 90 70 TR 101,8
ZZ 101,8
0805 50 10 AR 146,8
IL 134,6
TR 144,8
US 143,6
UY 61,8
ZA 130,6
ZZ 127,0
0808 10 80 AR 104,6
BR 84,5
CA 61,8
...

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