Commission Regulation (EEC) No 1361/76 of 14 June 1976 laying down certain detailed rules for applying the export refund on rice and on mixtures of rice
Published date | 15 June 1976 |
Subject Matter | arroz,riso,riz |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Communities, L 154, 15 June 1976,Gazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 154, 15 giugno 1976,Journal officiel des Communautés européennes, L 154, 15 juin 1976 |
Reglamento (CEE) nº 1361/76 de la Comisión, de 14 de junio de 1976, por el que se establecen determinadas modalidades de aplicación relativas a la restitución a la exportación de arroz y de mezclas de arroz
Diario Oficial n° L 154 de 15/06/1976 p. 0011 - 0012
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 7 p. 0095
Edición especial griega: Capítulo 03 Tomo 15 p. 0116
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 7 p. 0095
Edición especial en español: Capítulo 03 Tomo 10 p. 0105
Edición especial en portugués: Capítulo 03 Tomo 10 p. 0105
REGLAMENTO ( CEE ) N º 1361/76 DE LA COMISIÓN
de 14 de junio de 1976
por el que se establecen determinadas modalidades de aplicación relativas a la restitución a la exportación de arroz y de mezclas de arroz
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,
Visto el Reglamento n º 359/67 CEE del Consejo , de 25 de julio de 1967 , por el que se establece una organización común del mercado del arroz (1) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 668/75 (2) y , en particular , el apartado 6 de su artículo 17 ,
Considerando que el buen funcionamiento del régimen de restituciones a la exportación de arroz a terceros países exige que se aplique un régimen adecuado a las exportaciones de mezclas de arroz incluidas en subpartidas arancelarias diferentes ;
Considerando que la restitución aplicable a tales mezclas depende de su clasificación en el arancel , que , en principio , se efectúa con arreglo a las normas generales de interpretación del arancel aduanero común ;
Considerando que , en caso de mezclas de arroz incluidas en distintas partidas arancelarias , la clasificación arancelaria derivada de la aplicación de tales normas suscita dificultades ; que , en efecto , dicha clasificación lleva en algunos casos a conceder restituciones elevadas para mezclas compuestas , sin embargo , por un porcentaje considerable de productos que tienen asignadas restituciones pequeñas ;
Considerando que , con objeto de eliminar tales dificultades , procede adoptar disposiciones especiales para la determinación de la restitución aplicable a las mezclas de arroz ;
Considerando que estando las disposiciones del Reglamento n º 669/67/CEE de la Comisión , de 27 de septiembre de 1967 , por el que se establecen determinadas modalidades de aplicación...
To continue reading
Request your trial