Commission Regulation (EEC) No 1361/76 of 14 June 1976 laying down certain detailed rules for applying the export refund on rice and on mixtures of rice

Published date15 June 1976
Subject Matterarroz,riso,riz
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 154, 15 June 1976,Gazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 154, 15 giugno 1976,Journal officiel des Communautés européennes, L 154, 15 juin 1976
EUR-Lex - 31976R1361 - ES 31976R1361

Reglamento (CEE) nº 1361/76 de la Comisión, de 14 de junio de 1976, por el que se establecen determinadas modalidades de aplicación relativas a la restitución a la exportación de arroz y de mezclas de arroz

Diario Oficial n° L 154 de 15/06/1976 p. 0011 - 0012
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 7 p. 0095
Edición especial griega: Capítulo 03 Tomo 15 p. 0116
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 7 p. 0095
Edición especial en español: Capítulo 03 Tomo 10 p. 0105
Edición especial en portugués: Capítulo 03 Tomo 10 p. 0105


REGLAMENTO ( CEE ) N º 1361/76 DE LA COMISIÓN

de 14 de junio de 1976

por el que se establecen determinadas modalidades de aplicación relativas a la restitución a la exportación de arroz y de mezclas de arroz

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Visto el Reglamento n º 359/67 CEE del Consejo , de 25 de julio de 1967 , por el que se establece una organización común del mercado del arroz (1) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 668/75 (2) y , en particular , el apartado 6 de su artículo 17 ,

Considerando que el buen funcionamiento del régimen de restituciones a la exportación de arroz a terceros países exige que se aplique un régimen adecuado a las exportaciones de mezclas de arroz incluidas en subpartidas arancelarias diferentes ;

Considerando que la restitución aplicable a tales mezclas depende de su clasificación en el arancel , que , en principio , se efectúa con arreglo a las normas generales de interpretación del arancel aduanero común ;

Considerando que , en caso de mezclas de arroz incluidas en distintas partidas arancelarias , la clasificación arancelaria derivada de la aplicación de tales normas suscita dificultades ; que , en efecto , dicha clasificación lleva en algunos casos a conceder restituciones elevadas para mezclas compuestas , sin embargo , por un porcentaje considerable de productos que tienen asignadas restituciones pequeñas ;

Considerando que , con objeto de eliminar tales dificultades , procede adoptar disposiciones especiales para la determinación de la restitución aplicable a las mezclas de arroz ;

Considerando que estando las disposiciones del Reglamento n º 669/67/CEE de la Comisión , de 27 de septiembre de 1967 , por el que se establecen determinadas modalidades de aplicación...

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