Commission Regulation (EEC) No 3537/82 of 20 December 1982 on the annual updating of the country nomenclature of the external trade statistics of the Community and statistics of trade between Member States
Published date | 30 December 1982 |
Subject Matter | Information and verification,Common customs tariff |
Official Gazette Publication | Journal officiel des Communautés européennes, L 371, 30 décembre 1982,Official Journal of the European Communities, L 371, 30 December 1982,Gazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 371, 30 dicembre 1982 |
Reglamento (CEE) n° 3537/82 de la Comisión, de 20 de diciembre de 1982, relativo a la actualización anual de la Nomenclatura de países para las estadísticas del comercio exterior de la Comunidad y del comercio entre sus Estados miembros
Diario Oficial n° L 371 de 30/12/1982 p. 0007 - 0013
Edición especial en español: Capítulo 16 Tomo 1 p. 0137
Edición especial en portugués: Capítulo 16 Tomo 1 p. 0137
REGLAMENTO ( CEE ) N º 3537/82 DE LA COMISIÓN
de 20 de diciembre de 1982
relativo a la actualización anual de la Nomenclatura de países para las estadísticas del comercio exterior de la Comunidad y del comercio entre sus Estados miembros
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,
Visto el Reglamento ( CEE ) n º 1736/75 del Consejo , de 24 de junio de 1975 , relativo a las estadísticas del comercio exterior de la Comunidad y del comercio entre sus Estados miembros (1) , modificado por el Reglamento ( CEE ) n º 2845/77 (2) y , en particular , su artículo 36 y la letra b ) de su artículo 41 ,
Considerando que , en su artículo 35 , el Reglamento ( CEE ) n º 1736/75 exige que los datos se elaboren con arreglo a la versión que esté en vigor de la Nomenclatura de países recogida en su Anexo C ;
Considerando que el artículo 36 de dicho Reglamento obliga a la Comisión a publicar en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas la Nomenclatura de países en su versión válida a partir del 1 de enero de cada año ;
Considerando que la versión de la misma , válida a partir del 1 de enero de 1981 , figuraba aneja al Reglamento ( CEE ) n º 3488/80 (3) y fue declarada válida a partir del 1 de enero de 1982 en virtud del Reglamento ( CEE ) n º 3561/81 de la Comisión (4) ;
Considerando que es conveniente en el momento presente publicar la versión de la misma , válida a partir del 1 de enero de 1983 ;
Considerando que las disposiciones previstas en el presente Reglamento concuerdan con el dictamen del Comité de estadísticas del comercio exterior ,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :
Artículo 1
La versión válida a partir del 1 de enero de 1983 de la Nomenclatura de países para las estadísticas del comercio exterior de la Comunidad y del comercio entre sus Estados miembros figura aneja al presente Reglamento .
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 1983 .
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .
Hecho en Bruselas , el 20 de diciembre de 1982 .
Por la Comisión
Richard BURKE
Miembro de la Comisión
(1) DO n º L 183 de 14 . 7 . 1975 , p. 3 .
(2) DO n º L 329 de 22 . 12 . 1977 , p. 3 .
(3) DO n º L 365 de 31 . 12...
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