Commission Regulation (EEC) No 1589/87 of 5 June 1987 on the sale by tender of butter to intervention agencies

Published date06 June 1987
Subject MatterMilk products
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 146, 6 June 1987
EUR-Lex - 31987R1589 - ES 31987R1589

Reglamento (CEE) nº 1589/87 de la Comisión de 5 de junio de 1987 relativo a la compra de mantequilla mediante licitación por parte de los organismos de intervención

Diario Oficial n° L 146 de 06/06/1987 p. 0027 - 0029
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 23 p. 0158
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 23 p. 0158


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REGLAMENTO ( CEE ) No 1589/87 DE LA COMISION

de 5 de junio de 1987

relativo a la compra de mantequilla mediante licitacion por parte de los organismos de intervencion

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea,

Visto el Reglamento ( CEE ) no 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organizacion comun de mercados en el sector de la leche y de los productos lactéos ( 1 ), cuya ultima modificacion la constituye el Reglamento ( CEE ) no 773/87 ( 2 ), y, en particular, el parrafo primero del apartado 1 y el apartado 3 de su articulo 7 bis,

Considerando que el Reglamento ( CEE ) no 777/87 del Consejo, de 16 de marzo de 1987, por el que se modifica el régimen de compras de intervencion para la mantequilla y la leche desnatada en polvo ( 3 ), modificado por el Reglamento ( CEE ) no 1547/87 ( 4 ), determina los criterios segun los cuales podran suspenderse las compras de mantequilla por parte de los organismos de intervencion hasta que finalice el quinto periodo de doce meses de aplicacion del régimen de tasa suplementaria a que se refiere el articulo 5 quater del Reglamento ( CEE ) no 804/68; que la letra a ) del apartado 3 del articulo 1 de dicho Reglamento establece que, en caso de suspenderse la intervencion en el conjunto de la Comunidad o en parte de la misma, las compras podran realizarse con arreglo a una licitacion permanente; que, por lo tanto, conviene establecer las modalidades de aplicacion del procedimiento de licitacion;

Considerando que el Reglamento ( CEE ) no 985/68 del Consejo ( 5 ), cuya ultima modificacion la constituye el Reglamento ( CEE ) no 3790/85 ( 6 ), y el Reglamento ( CEE ) no 685/69 de la Comision ( 7 ), cuya ultima modificacion la constituye el Reglamento ( CEE ) no 3669/86 ( 8 ), establecen las normas generales y las modalidades de compra de mantequilla por parte de los organismos de intervencion; que la mayor parte de estas disposiciones pueden aplicarse en el marco del presente Reglamento, concretamente las que se refieren a la calidad, el envasado y embalaje de la...

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