Commission Regulation (EU) No 93/2013 of 1 February 2013 laying down detailed rules for the implementation of Council Regulation (EC) No 2494/95 concerning harmonised indices of consumer prices, as regards establishing owner-occupied housing price indices Text with EEA relevance

Published date02 February 2013
Subject Matterpolitica economica,política económica,politique économique
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell’Unione europea, R 033, 02 febbraio 2013,Diario Oficial de la Unión Europea, R 033, 02 de febrero de 2013,Journal officiel de l’Union européenne, R 033, 02 février 2013
L_2013033ES.01001401.xml
2.2.2013 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 33/14

REGLAMENTO (UE) No 93/2013 DE LA COMISIÓN

de 1 de febrero de 2013

por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 2494/95, relativo a los índices armonizados de precios al consumo, por lo que se refiere a la elaboración de los índices de precios de las viviendas ocupadas por sus propietarios

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 2494/95 del Consejo, de 23 de octubre de 1995, relativo a los índices armonizados de precios al consumo (1), y, en particular, su artículo 4, párrafo tercero, y su artículo 5, apartado 3,

Visto el dictamen del Banco Central Europeo (2),

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 2494/95 prevé la elaboración de índices de precios de consumo armonizados (IPCA).
(2) Para mejorar la pertinencia y la comparabilidad de los IPCA, debe examinarse la elaboración de índices de precios de las viviendas, y en particular de las viviendas ocupadas por sus propietarios.
(3) Con vistas a la obtención de índices de viviendas ocupadas por sus propietarios, es preciso elaborar índices de precios de la vivienda. Los índices de precios de la vivienda también son indicadores importantes en sí mismos.
(4) Para garantizar resultados fiables y comparables de todos los Estados miembros, es necesaria una orientación metodológica sobre la elaboración de índices de precios de las viviendas ocupadas por sus propietarios y de índices de precios de la vivienda.
(5) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Sistema Estadístico Europeo (Comité del SEE).

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Objeto

El presente Reglamento establece los índices de precios de las viviendas ocupadas por sus propietarios, con vistas a mejorar la pertinencia y la comparabilidad de los índices de precios de consumo armonizados (IPCA).

Artículo 2

Definiciones

A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:

1) «índice de precios de las viviendas ocupadas por sus propietarios»: un índice que mide las variaciones de los precios de transacción de las viviendas nuevas para el sector de los hogares y otros bienes y servicios que los propietarios adquieren en calidad de propietarios-ocupantes;

2) «índice de precios de la vivienda»: un índice que mide las variaciones de los precios de transacción de las viviendas adquiridas por los hogares.

Artículo 3

Cobertura

1. El índice de precios de las viviendas ocupadas por sus propietarios cubre las siguientes categorías de gastos:

O.1. Gastos de vivienda de los propietarios-ocupantes
O.1.1. Adquisiciones de viviendas
O.1.1.1. Nuevas viviendas
O.1.1.1.1. Compras de viviendas nuevas
O.1.1.1.2. Viviendas construidas por el propietario mismo y reformas importantes
O.1.1.2. Viviendas existentes nuevas en el sector de los hogares
O.1.1.3. Otros servicios relacionados con la adquisición de viviendas
O.1.2. Propiedad de viviendas
O.1.2.1. Reparaciones importantes y mantenimiento
O.1.2.2. Seguros relacionados con las viviendas
O.1.2.3. Otros servicios relacionados
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