Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas de comportamiento en materia de emisiones de los vehículos industriales ligeros nuevos como parte del enfoque integrado de la Comunidad para reducir las emisiones de CO2 de los vehículos ligeros»COM(2009) 593 final — 2009/0173 (COD)

SectionActos preparatorios

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 44/157

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas de comportamiento en materia de emisiones de los vehículos industriales ligeros nuevos como parte del enfoque integrado de la Comunidad para reducir las emisiones de CO 2 de los vehículos ligeros»

COM(2009) 593 final - 2009/0173 (COD)

(2011/C 44/27)

Ponente: Virgilio RANOCCHIARI

El 20 de noviembre de 2009, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 251 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la:

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas de comportamiento en materia de emisiones de los vehículos industriales ligeros nuevos como parte del enfoque integrado de la Comunidad para reducir las emisiones de CO 2 de los vehículos ligeros

COM(2009) 593 final - 2009/0173 (COD).

La Sección Especializada de Mercado Único, Producción y Consumo, encargada de preparar los trabajos del Comité en este asunto, aprobó su dictamen el 15 de junio de 2010.

En su 464 o Pleno de los días 14 y 15 de julio de 2010 (sesión del 14 de julio), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por unanimidad el presente Dictamen.

Conclusiones y recomendaciones

En el marco de la estrategia comunitaria encaminada a reducir las emisiones de CO 2 , y tras la aprobación del Reglamento relativo a los automóviles de turismo en 2009, ahora se presenta una medida necesaria y complementaria con la propuesta de Reglamento sobre la reducción del CO

2 que emiten los vehículos industriales ligeros. Si se basa en un planteamiento integrado adecuado, no hay que obviar ninguna iniciativa para reducir la emisión de gases de efecto invernadero, aspecto fundamental en la lucha contra el cambio climático.

La nueva propuesta retoma el modelo que utilizó el anterior Reglamento sobre turismos, incluyendo también en este caso mecanismos de sanción, primas, excepciones, ecoin

Sin embargo, el CESE teme que de este modo no se tenga debidamente en cuenta la diferencia sustancial entre turismos y vehículos industriales ligeros (VIL): los primeros son bienes de consumo, mientras que los segundos son bienes de capital, con evidentes y diversas consecuencias en términos de misión y de importancia de los costes operativos. A esto se añade que la propuesta sobre los VIL es, en ciertos aspectos, aún más ambiciosa que el Reglamento sobre turismos: horizonte temporal, sanciones, costes, etc. El CESE considera que,

lead time ( 1

) de los vehículos industriales, que viene a ser, como mínimo, de dos años más que en el caso de los turismos, es conveniente revisar la propuesta, sobre todo ante la profunda crisis del sector que ha sufrido y aún sufre importantes repercusiones comerciales.

1.4 Por otra parte, se teme que un impacto excesivamente elevado en los costes industriales y, por lo tanto, en los precios pueda deprimir aún más un mercado que ya está sumido en una crisis profunda, con la consiguiente disminución del empleo y una mayor desaceleración en la renovación del parque móvil y, por lo tanto, en la contención de las emisiones.

1.5 Por lo tanto, el CESE desea que se tengan en cuenta las recomendaciones que expresó el Consejo de Competitividad de mayo de 2009, que instaba, dada la situación económica en el sector, a evitar la creación de gastos adicionales para la industria, si es posible, realizando evaluaciones profundas del impacto antes de cada decisión.

1.6 El CESE recuerda que la propuesta se basa en una valoración de impacto anterior a la crisis e invita al Parlamento Europeo y al Consejo a solicitar una actualización de la misma, también sobre la base de un control preciso de las emisiones tras la entrada en vigor de Euro 5.

1.7 A la luz de todo lo anterior, el CESE, si bien confirma la necesidad de reducir las emisiones de CO

2 , desea, sin embargo, que se revise el calendario previsto por el reglamento, con una fase de adaptación al lead time del sector, para comenzar en 2015 y finalizar en 2018, con una evaluación de impacto más precisa y actualizada, sobre todo por lo que respecta a los objetivos a más largo plazo a partir de 2020, pues se estima que, gracias a los avances tecnológicos, será posible alcanzar los 150 ó 160 gramos de CO

2 por kilómetro, si bien se sigue reconociendo la necesidad de llevar a cabo una revisión a su debido tiempo.

) Tiempo que necesita la industria para aplicar cualquier nuevo requisito que comporte intervenciones estructurales en el vehículo.

ES Diario Oficial de la Unión Europea 11.2.2011

Introducción

La Comunicación de la Comisión Europea COM(2007) 19 final, de febrero de 2007, titulada «Resultados de la revisión de la estrategia comunitaria para reducir las emisiones de CO

2 de los turismos y los vehículos industriales ligeros», anunciaba que la Comisión propondría un marco legislativo para conseguir el objetivo comunitario de 120 g de CO 2 /km. El Reglamento sobre las emisiones de CO 2 de los turismos, adoptado en diciembre de 2008 para reducir las emisiones de estos vehículos a 130 g/km en promedio, representa un elemento clave de la estrategia comunitaria. La legislación que sustenta esta estrategia define medidas complementarias para una reducción ulterior de las emisiones de CO

2 en 10 g/km (enfoque integrado); entre estas medidas figura la nueva propuesta para limitar el CO

2 que

emiten los vehículos industriales ligeros.

La Unión Europea se ha comprometido a reducir antes de 2020 las emisiones totales de gases de efecto invernadero en

%, o un 30 % si se llega a un acuerdo internacional general. Claramente todos los sectores deben contribuir a la reducción. Las emisiones de los vehículos industriales ligeros, según la Comisión, representan el 1,5 % aproximadamente de las emisiones totales de CO

2 de la Unión Europea.

La nueva propuesta llega tras dos Comunicaciones de la Comisión de febrero de 2007, la primera COM(2007) 19 final, ya citada anteriormente y la COM(2007) 22 final, «Marco...

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