Se comunica la siguiente información a MOHAMMED, Khalid Shaikh (alias ALI, Salem; alias BIN KHALID, Fahd Bin Adballah; alias HENIN, Ashraf Refaat Nabith; alias WADOOD, Khalid Adbul), «Ala militar de Hizbulá» [también conocida como «Ala militar de Hezbolá», «Ala militar de Hizbulah», «Ala militar de Hizbolah», «Ala militar de Hezbalah», «Ala militar de Hisbolah», «Ala militar de Hizbu’llah», «Ala militar de Hizb Allah», incluido el «Consejo de la Yihad» (y todas las unidades bajo su mando, incluida la Organización de Seguridad Exterior)], «FRENTE POPULAR DE LIBERACIÓN DE PALESTINA — COMANDO GENERAL» (también denominado FPLP-Comando General, FPLP-CG), «FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS DE COLOMBIA» — «FARC», personas, grupos y entidades incluidos en la lista prevista en el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 2580/2001 sobre medidas...

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Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

22.3.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 89/16

Se comunica la siguiente información a las mencionadas personas, grupos y entidades incluidos en la lista del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/150 del Consejo (1).

El Reglamento (CE) n.o 2580/2001 del Consejo (2) dispone que sean inmovilizados todos los capitales, otros activos financieros y recursos económicos pertenecientes a las personas, grupos y entidades afectados, y que estos no puedan disponer, ni directa ni indirectamente, de capitales, otros activos financieros y recursos económicos.

El Consejo ha recibido nueva información pertinente para la lista de las citadas personas, grupos y entidades. Tras considerar esta nueva información, el Consejo ha modificado en consecuencia las exposiciones de motivos.

Las personas, grupos y entidades afectados podrán presentar una solicitud para obtener las exposiciones de motivos actualizadas del Consejo sobre su inclusión en la citada lista, enviándola a la siguiente dirección:

Consejo de la Unión Europea (A la atención de: PC 931 designaciones) Rue de la Loi/Wetstraat 175 B-1048 Bruxelles/Brussel BELGIQUE/BELGIË Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu

Dicha solicitud deberá presentarse a más tardar el 27 de marzo de 2017.

Las personas, grupos y entidades afectados podrán cursar en cualquier momento a la mencionada dirección del Consejo una solicitud, junto con la documentación probatoria correspondiente, para que se reconsidere la decisión de mantenerlos en la citada lista. Las solicitudes se considerarán en el momento de recibirse. En este sentido, se advierte a las personas, grupos y entidades afectados de que el Consejo...

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