Comunicación — Consulta pública — Indicaciones geográficas de la Confederación Suiza

SectionAnuncios

27.1.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 31/26

El Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas (1) entró en vigor en 2002. El anexo 7 del Acuerdo se refiere al comercio de productos vitivinícolas. En él se prevé la protección de las denominaciones de origen y de las indicaciones geográficas de ambas Partes.

Las dos Partes están procediendo a la actualización de la lista de las denominaciones protegidas con arreglo al citado anexo. En ese contexto, se está estudiando proteger en la Unión Europea, en calidad de indicaciones geográficas, los siguientes nombres de la Confederación Suiza:

— Aargau,

— Appenzell Ausserrhoden,

— Calamin,

— Dézaley,

— Dézaley-Marsens,

— Jura.

La Comisión invita a todo Estado miembro o tercer país o a toda persona física o jurídica que tenga un interés legítimo y esté establecida o sea residente en un Estado miembro o en un tercer país a manifestar su oposición a la protección propuesta presentando una declaración debidamente motivada.

Las declaraciones de oposición deben llegar a la Comisión en un plazo de dos meses a partir de la fecha de la presente publicación. Deberán enviarse a la siguiente dirección de correo electrónico:

AGRI-A5-GI@ec.europa.eu

Únicamente se examinarán las declaraciones de oposición que se reciban dentro del plazo fijado y que indiquen que el nombre cuya protección se solicita:

  1. entraría en conflicto con el nombre de una variedad vegetal o de una raza animal y, por dicho motivo, podría inducir a error al consumidor sobre el verdadero origen del producto;

  2. es total o parcialmente homónimo de un nombre ya protegido en la Unión en virtud del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (2), del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios (3), y del Reglamento (CE) n.o 110/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, relativo a la definición, designación, presentación, etiquetado y protección de la indicación geográfica de bebidas espirituosas (4), o está contenido en los acuerdos que la Unión ha celebrado con los países siguientes: — Australia (5),

    — Chile (6),

    — Estados del AAE de la SADC (Botsuana, Lesoto, Mozambique, Namibia, Suazilandia y Sudáfrica) (7),

    — México (8),

    — Corea (9),

    — Centroamérica (10),

    — Colombia, Perú y Ecuador (11),

    — antigua República Yugoslava de Macedonia (12),

    — Canadá (13),

    — Estados Unidos (14),

    — Albania (15),

    — Montenegro (16),

    — Bosnia y Herzegovina (17),

    — Serbia (18),

    — Moldavia (19),

    — Ucrania (20),

    — Georgia (21).

  3. a la vista de la...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT