Comunicación — Consulta pública — Términos que el Mercosur desea que se protejan en la Unión Europea como denominaciones tradicionales de vinos

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12.9.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 322/22

En el marco de las actuales negociaciones con el Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay) para un Acuerdo de Asociación (en lo sucesivo, «el Acuerdo») que contiene un anexo sobre el comercio de vino y bebidas espirituosas, las autoridades del Mercosur han solicitado la protección de doce términos, en el ámbito del Acuerdo, como denominaciones tradicionales de vinos. La Comisión Europea está actualmente estudiando si se protegerán estos términos, en el ámbito del futuro Acuerdo, como denominaciones tradicionales de vinos.

La Comisión invita a cualquier Estado miembro o tercer país, o a cualquier persona física o jurídica que ostente un interés legítimo y esté establecida o resida en un Estado miembro o un tercer país, a oponerse a la protección propuesta presentando una declaración debidamente motivada.

Las declaraciones de oposición deben llegar a la Comisión en el plazo de un mes a partir de la presente publicación. Solo se examinarán las declaraciones de oposición que se reciban en el plazo indicado. Las declaraciones de oposición deben enviarse a la siguiente dirección de correo electrónico: AGRI-A3@ec.europa.eu

La posible protección de esos términos en la Unión Europea como denominaciones tradicionales estará supeditada a la conclusión satisfactoria de las negociaciones y del acto jurídico subsiguiente.

Lengua de la solicitud: Español

Solicitante: ARGENTINA

Término tradicional para el que se solicita protección: Crianza

Lengua del término tradicional: Español

Categoría de productos vitivinícolas Vino

Definición Las expresiones: barrica, crianza en roble, criado en barrica de roble o similares, solo podrán emplearse cuando, para transmitir a los productos vínicos características de la madera, se hayan efectivamente empleado vasijas de roble.

(Art. 6 de la Resolución n.o 23/2008).

Lengua de la solicitud: Español

Solicitante: ARGENTINA

Término tradicional para el que se solicita protección: Dulce natural

Lengua del término tradicional: Español

Categoría de productos vitivinícolas Vino

Definición Vino dulce natural: Al producto obtenido por la fermentación parcial de la uva fresca y madura o del mosto de uva fresca proveniente de Vitis vinifera L., cuya fermentación incompleta se debe al empleo de procesos físicos en el momento de su elaboración, cuyo contenido alcohólico no sea inferior a CINCO POR CIENTO VOLUMEN EN VOLUMEN (5 % v/v) y su riqueza azucarina, exclusivamente...

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