Comunicación de la Comisión — Manual sobre el traslado de condenados y penas privativas de libertad en la Unión Europea

SectionSerie C
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

29.11.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 403/2

LISTA DE ABREVIATURAS 5

PREFACIO 6

INTRODUCCIÓN Y MARCO JURÍDICO 6

1. Resumen 6

1.1. Principales características de la Decisión Marco 7

1.1.1. Transmisión 8

1.1.2. Certificado 8

1.1.3. Sentencia 8

1.1.4. Condena 8

1.1.5. Estado de emisión y Estado de ejecución 9

1.2. El principio de reconocimiento mutuo 9

1.3. Efecto jurídico de las decisiones marco de la UE 9

1.4. Artículo 267 del TFUE: Procedimiento prejudicial 10

PARTE I TRANSMISIÓN DE LA SENTENCIA Y DEL CERTIFICADO 10

2. Requisitos para la transmisión 10

2.1. Ámbito de la Decisión Marco 10

2.1.1. Ratione personae 10

2.1.2. Ratione materiae 10

2.1.3. Ratione temporis 11

2.2. Autoridades competentes 11

2.3. Elección del Estado de ejecución 11

2.3.1. Situaciones a que se refiere el artículo 4, apartado 1 11

2.3.2. Traslado al Estado miembro de nacionalidad del condenado en el que este viva [artículo 4, apartado 1, letra a)] 12

2.3.3. Traslado al Estado miembro al que la persona será expulsada [artículo 4, apartado 1, letra b)] 12

2.3.4. Traslado a cualquier otro Estado miembro que acepte dicho traslado [artículo 4, apartado 1, letra c)] 12

2.4. Consentimiento con conocimiento de causa de la persona condenada 13

2.5. Consentimiento del Estado de ejecución 13

2.6. Opinión de la persona condenada 14

2.7. Evaluación de la reinserción social 14

2.7.1. El Estado de emisión debe quedar convencido 14

2.7.2. Consulta con el Estado de ejecución cuando corresponda 14

2.7.3. Definición de reinserción social 15

2.7.4. Modalidades de ejecución de la condena 15

2.8. Lista de 32 delitos que dan lugar a la entrega sin control de la doble tipificación 15

2.9. Grupos vulnerables: menores y delincuentes con trastornos mentales, y traslado de medidas psiquiátricas o atención médicas 16

2.10. Observancia de los derechos fundamentales por parte del Estado de emisión 16

3. Procedimiento de transmisión 17

3.1. Sujetos legitimados para iniciar el procedimiento 17

3.2. Procedimiento para recabar la opinión de la persona condenada 17

3.3. Notificación al condenado (artículo 6, apartado 4, y formulario del anexo II) 18

3.4. Documentos a enviar 18

3.4.1. Certificado 18

3.4.2. Sentencia 19

3.5. Información complementaria útil en posesión del Estado de emisión 22

3.6. Transmisión 22

3.7. Solicitud de información sobre disposiciones relativas a la puesta en libertad anticipada o condicional 22

3.8. Solicitud de detención preventiva 23

3.9. Retirada del certificado 23

PARTE II RECONOCIMIENTO DE LA SENTENCIA Y EJECUCIÓN DE LA CONDENA 24

4. Procedimiento de reconocimiento 24

4.1. Plazo para tomar la decisión sobre el reconocimiento y recursos contra la decisión de traslado 24

4.2. Solicitud de traducción de la sentencia 24

4.3. Aplazamiento 24

4.4. Detención preventiva 25

5. Decisión sobre reconocimiento y ejecución 25

5.1. Obligación general de reconocimiento y ejecución 25

5.2. Consentimiento del Estado de ejecución 25

5.3. La lista de 32 delitos para los cuales no hay verificación de doble tipificación. 25

5.4. Adaptación de la condena 26

5.5. Motivos para el no reconocimiento y la no ejecución 27

5.5.1. Certificado incompleto o incorrecto [artículo 9, apartado 1, letra a)] 27

5.5.2. Incumplimiento de los criterios de transmisión [artículo 9, apartado 1, letra b)] 27

5.5.3. Ne bis in idem [artículo 9, apartado 1, letra c)] 27

5.5.4. Falta de doble tipificación [artículo 9, apartado 1, letra d)] 27

5.5.5. Prescripción de la ejecución de la condena [artículo 9, apartado 1, letra e)] 28

5.5.6. Inmunidad en virtud del Derecho del Estado de ejecución [artículo 9, apartado 1, letra f)] 28

5.5.7. Minoría de edad penal [artículo 9, apartado 1, letra g)] 28

5.5.8. El resto de la condena por cumplir es demasiado breve [artículo 9, aparado 1, letra h)] 28

5.5.9. Juicios celebrados sin comparecencia del imputado [artículo 9, apartado 1, letra i)] 28

5.5.10. Procesamiento por infracciones cometidas antes del traslado [artículo 9, apartado 1, letra j)] 29

5.5.11. Medida de carácter psiquiátrico o sanitario o cualquier otra medida privativa de libertad [artículo 9, apartado 1, letra k)] 30

5.5.12. Extraterritorialidad [artículo 9, apartado 1, letra l)] 30

5.6. Reconocimiento y ejecución parciales 30

6. Traslado del condenado 30

6.1. Plazos para el traslado físico 30

6.2. Tránsito a través de otro Estado miembro 30

6.3. Gastos del traslado 31

6.4. Documentos de viaje 31

7. Ejecución de la condena 31

7.1. Derecho por el que se regirá la ejecución 31

7.2. Deducción 31

7.3. Puesta en libertad anticipada y condicional 31

7.4. Amnistía e indulto 31

7.5. Revisión de la sentencia 32

7.6. Derecho de ejecución de la condena 32

7.7. Obligaciones de comunicación e información 32

8. Regla de especialidad 32

PARTE III OTRAS DISPOSICIONES 33

9. Comunicación entre las autoridades competentes en las diferentes etapas del procedimiento 33

10. Relación con otros acuerdos 34

11. Vínculos con otros instrumentos sobre cooperación judicial en materia penal 34

11.1. Decisión Marco 2002/584/JAI sobre la orden de detención europea 34

11.2. Otros instrumentos 35

11.2.1. Directiva 2012/29/UE sobre derechos de las víctimas 35

11.2.2. Decisión Marco 2008/947/JAI relativa a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de sentencias y resoluciones de libertad vigilada con miras a la vigilancia de las medidas de libertad vigilada y las penas sustitutivas 35

ANEXO I Decisión Marco 2008/909/JAI (consolidación oficiosa) 37
ANEXO II Certificado de traslado 52
ANEXO III Notificación del condenado 58
ANEXO IV Organigrama de la Decisión Marco 2008/909/JAI 59
ANEXO V Fuentes de información 60
ANEXO VI Lista de sentencias del Tribunal de Justicia relativas a la Decisión Marco 2008/909/JAI 61
ANEXO VII Lista de sentencias del Tribunal de Justicia relativas a la Decisión Marco 2002/584 62 Artículos 50 y 54

CAAS Convenio relativo a la aplicación del Acuerdo de Schengen de 19 de junio de 1990 ODE Orden de detención europea CEDH Convenio para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales TEDH Tribunal Europeo de Derechos Humanos RJE Red Judicial Europea en materia penal EuroPris Organización Europea de Prisiones y Servicios Correccionales Decisión Marco 2002/584 Decisión Marco 2002/584/JAI del Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros La Decisión Marco Decisión Marco 2008/909/JAI del Consejo, de 27 de noviembre de 2008, relativa a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de sentencias en materia penal por las que se imponen penas u otras medidas privativas de libertad a efectos de su ejecución en la Unión Europea Decisión Marco 2008/947 Decisión Marco 2008/947/JAI del Consejo de 27 de noviembre de 2008 relativa a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de sentencias y resoluciones de libertad vigilada con miras a la vigilancia de las medidas de libertad vigilada y las penas sustitutivas Decisión Marco 2009/299 Decisión Marco 2009/299/JAI del Consejo de 26 de febrero de 2009 por la que se modifican las Decisiones Marco 2002/584/JAI, 2005/214/JAI, 2006/783/JAI, 2008/909/JAI y 2008/947/JAI, destinada a reforzar los derechos procesales de las personas y a propiciar la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de las resoluciones dictadas a raíz de juicios celebrados sin comparecencia del imputado TUE Tratado de la Unión Europea TFUE Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea Directiva sobre los derechos de las víctimas Directiva 2012/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos, y por la que se sustituye la Decisión Marco 2001/220/JAI del Consejo Convenio del CdE de 1983 Convenio del Consejo de Europa sobre traslado de personas condenadas, de 21 de marzo de 1983 Protocolo Adicional del CdE de 1997 Protocolo Adicional de 18 de diciembre de 1997 al Convenio del Consejo de Europa sobre traslado de personas condenadas

Cláusula de exención de responsabilidad: Este manual no es jurídicamente vinculante ni exhaustivo. Se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en el Derecho vigente de la Unión y de su desarrollo futuro. También se entiende sin perjuicio de la interpretación preceptiva del Derecho de la Unión que pueda realizar el Tribunal de Justicia.

El objetivo de este manual es proporcionar a los Estados miembros y a las autoridades competentes que designen directrices prácticas para la aplicación de la Decisión Marco 2008/909/JAI del Consejo, de 27 de noviembre de 2008 (en lo sucesivo: «la Decisión Marco»), en su versión modificada por la Decisión Marco 2009/299/JAI del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre juicios celebrados sin comparecencia del imputado (1) (en lo sucesivo: «Decisión Marco 2009/299»). La fecha de ejecución de la Decisión Marco se fijó para el 5 de diciembre de 2011. Al redactar el presente manual, la Comisión ha tenido en cuenta las opiniones expresadas por los profesionales del ámbito en numerosas reuniones de expertos organizadas con la colaboración de la Organización Europea de Prisiones y Servicios Correccionales (en lo sucesivo: EuroPris), donde los participantes compartieron las dificultades y obstáculos en la ejecución de este...

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