Comunicación de la Comisión — Ajuste del cálculo de las sumas a tanto alzado y las multas coercitivas propuestas por la Comisión en los procedimientos de infracción ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, a raíz de la retirada del Reino Unido

SectionSerie C
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

13.4.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 129/1

  1. cuando el Estado miembro no ha adoptado las medidas necesarias para ejecutar una sentencia del Tribunal de Justicia en la que se declare la existencia de una infracción del Derecho de la UE (artículo 260, apartado 2, del TFUE); y

  2. cuando un Estado miembro ha incumplido su obligación de notificar las medidas de transposición de una Directiva adoptadas con arreglo a un procedimiento legislativo (artículo 260, apartado 3, del TFUE).

2021 Factores «n» Bélgica 0,86 Bulgaria 0,28 Chequia 0,59 Dinamarca 0,57 Alemania 4,95 Estonia 0,12 Irlanda 0,59 Grecia 0,54 España 2,33 Francia 3,77 Croacia 0,22 Italia 3,17 Chipre 0,10 Letonia 0,13 Lituania 0,20 Luxemburgo 0,17 Hungría 0,47 Malta 0,08 Países Bajos 1,32 Austria 0,75 Polonia 1,43 Portugal 0,57 Rumanía 0,74 Eslovenia 0,17 Eslovaquia 0,31 Finlandia 0,50 Suecia 0,86

Suma a tanto alzado mínima = suma a tanto alzado mínima de referencia × inflación de la EU-27 en 2019 × factor «n» × 0,836

Sumas a tanto alzado mínimas para 2020 (miles EUR) Sumas a tanto alzado mínimas para 2021 (miles EUR) Evolución de las sumas a tanto alzado mínimas 2020 => 2021 Bélgica 2 088 1 909 – 8,6 % Bulgaria 653 622 – 4,7 % Chequia 1 384 1 310 – 5,3 % Dinamarca 1 331...

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