Información comunicada por los Estados miembros referente a ayudas estatales concedidas conforme al Reglamento (CE) nº 2204/2002 de la Comisión, de 5 de diciembre de 2002, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales para el empleo

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Información comunicada por los Estados miembros referente a ayudas estatales concedidas conforme al Reglamento (CE) no 2204/2002 de la Comisión, de 5 de diciembre de 2002, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales para el empleo (2005/C 268/07) (Texto pertinente a efectos del EEE) Ayuda número: XE9/03

Estado miembro: Italia Región: Campania Denominación del régimen de ayudas: Contratación de trabajadores desfavorecidos Proyecto IN. LA. -- Inserción en el mercado de trabajo de parados de larga duración de la provincia de Nápoles.

El proyecto prevé la concesión a las empresas de una ayuda equivalente a 5 164,66 EUR por cada parado de larga duración contratado por tiempo indefinido o por un plazo no inferior a doce meses. El proyecto está limitado a los sectores turístico y agrícola.

Fundamento jurídico:

L. 23.12.1996, n. 662, art. 2 comma 203, lett. b) Intesa Istituzionale di programma del 16.9.2003

D. D. 19 giugno 2003

Gasto anual previsto en el régimen: EUR 15 494 000

Intensidad máxima de la ayuda: Artículo 5: contratación de trabajadores desfavorecidos La intensidad máxima de ayuda por empresa es del 50 % de los costes salariales calculados sobre un período del año siguiente a la contratación. Se trata en ambos casos de cifras brutas, es decir, antes de impuestos. Con arreglo al apartado 4 del artículo 8, la ayuda es acumulable con otras primas, tanto nacionales como comunitarias aplicables a la misma contratación, siempre que se trate de medidas destinadas a la reintegración en el mundo del trabajo de parados de larga duración. En cualquier caso, tal acumulación no podrá superar los límites indicados en el Reglamento (CE) no 2204/2002 y, por lo tanto, la intensidad bruta de la ayuda derivada de la acumulación de primas no podrá superar el 100 % de los costes salariales de cada período de empleo de los trabajadores afectados.

Ello significa que, aparte de la mencionada ayuda de 5 164,66

EUR por cada contratación por tiempo indefinido, la empresa tiene también derecho a las primas por...

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