94/259/CECA: Decisión de la Comisión, de 12 de abril de 1994, relativa a las ayudas que Italia tiene previsto conceder a las empresas siderúrgicas del sector público (grupo siderúrgico ILVA) (El texto en lengua italiana es el único auténtico)          

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DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 12 de abril de 1994 relativa a las ayudas que Italia tiene previsto conceder a las empresas siderúrgicas del sector público (grupo siderúrgico ILVA) (El texto en lengua italiana es el único auténtico) (94/259/CECA)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero y, en particular, los párrafos primero y segundo de su artículo 95,

Previa consulta al Comité consultivo y con el dictamen unánime del Consejo,

Considerando lo que sigue:

I El sector siderúrgico de la Comunidad atraviesa actualmente su momento más difícil desde la primera mitad de la década de los años ochenta. Las dificultades se deben a la pérdida de ritmo general que padece la economía, que ha repercutido notablemente sobre la industria en general y el sector siderúrgico en particular, y en un acusado desequilibrio entre la oferta y la demanda, con la correspondiente caída de los precios. A ello hay que añadir la atonía general del mercado internacional, la presión importadora y el conflicto surgido frente a Estados Unidos, que ha afectado a una parte importante de las exportaciones de la Comunidad hacia ese mercado. Todos estos factores acumulados han agravado la situación financiera de casi todas las empresas siderúrgicas de la Comunidad.

II En aplicación de las Decisiones 89/218/CECA (1), 90/89/CECA (2) y 92/17/CECA (3) de la Comisión relativas a la concesión por parte de Italia de ayudas a las empresas siderúrgicas del sector público durante el período comprendido entre 1988 y 1991, la Comisión autorizó la concesión de un volumen importante de ayudas a la empresa siderúrgica italiana ILVA con objeto de que ésta llevara a cabo un plan de reestructuración consistente, por un lado, en un cierre de capacidades de producción de acero líquido estimado en 2 700 000 toneladas anuales, de laminado en caliente de 1 180 000 toneladas anuales y de laminado en frío de 708 000 toneladas anuales y, por otra, la cesión al sector privado de una capacidad de producción de acero líquido de 385 000 toneladas anuales y una capacidad de laminado en caliente de 510 000 toneladas anuales, procediendo a la vez a la supresión de 27 196 empleos, es decir, el 38,7 % de la plantilla de la empresa en 1988, lo que en principio, en unas condiciones de mercado normales y mediante una estricta ejecución y una gestión rigurosa, hubiera debido garantizar la viabilidad de la empresa.

A pesar del enorme esfuerzo de reestructuración realizado en los años siguientes, ILVA no logró restablecer la viabilidad de la empresa y desde 1991 viene acumulando déficit y encontrando serias dificultades para mantener su posición en el mercado.

A finales de 1992, las deudas del grupo ILVA, tomando en consideración tanto las actividades CECA como las CEE, ascendían a 7,6 billones de liras italianas, lo que equivale a un coeficiente de endeudamiento del 8,24. Por lo que respecta al ejercicio 1993, se calcula que la deuda puede haber alcanzado 10,067 billones de liras italianas rebasando ampliamente el volumen de negocios de la empresa.

La aportación de 650 000 millones de liras italianas por parte del IRI en el capital de ILVA llevó a la Comisión a incoar, el 8 de julio de 1992, el procedimiento previsto en el apartado 4 del artículo 6 de la Decisión no 3855/91/CECA de la Comisión (4) (Directrices de ayuda a la siderurgia) respecto de los elementos de ayuda contenidos en dicha aportación, ya que, en conjunto, ésta no puede considerarse una aportación de capital, ateniéndose a las prácticas usuales de inversión en una economía de mercado.

Más adelante, a la vista, por un lado, de la concesión de nuevos fondos, gracias a la responsabilidad ilimitada del accionista único prevista en el artículo 2362 del Código civil italiano, a un grupo de empresas públicas como ILVA con un enorme desequilibrio financiero y que registra serias pérdidas desde 1991 y, por otro, del proyecto de asunción por parte del IRI de la mayor parte de la deuda del grupo ILVA, el 7 de julio de 1993, la Comisión amplió el procedimiento incoado para que pudiera abarcar asimismo los elementos de ayuda contenidos en estas dos intervenciones.

Mediante la incoación y posterior ampliación del procedimiento establecido en el apartado 4 del artículo 6, la Comisión consideraba que todas las intervenciones citadas contenían elementos de ayudas estatales ilegales, incompatibles con el Tratado y con lo dispuesto en la Decisión no 3855/91/CECA.

Por carta de 13 de diciembre de 1993, el Gobierno italiano comunicó a la Comisión el nuevo plan de reestructuración y privatización del grupo ILVA, aprobado por el IRI en septiembre de 1993, notificándole asimismo que se comprometía a privatizar el grupo a más tardar a finales de 1994 y a vender el 100 % del capital de las empresas afectadas.

El principal objetivo del plan mencionado consiste en la privatización del grupo siderúrgico por todo 1994 mediante la venta directa en el mercado, en un plazo lo más breve posible, de las participaciones propiedad de ILVA o del IRI. El plan prevé, asimismo, el cierre definitivo de las instalaciones siderúrgicas de Bagnoli, la reducción de la capacidad de producción de productos acabados en caliente en Tarento en 1,2 millones de toneladas anuales a más tardar el 30 de junio de 1994, así como la obligación por parte del comprador de reducir en 0,5 millones de toneladas anuales, la capacidad de producción de productos acabados en caliente en un plazo de seis meses a contar desde la fecha del contrato de venta.

La reorganización del grupo ILVA se llevará a cabo, concretamente, mediante la escisión de su actividad principal en dos nuevas sociedades, ILP (ILVA Laminati piani Srl) y AST (Acciai speciali Terni Srl) cuya rentabilidad con respecto al capital invertido y a los fondos propios haría posible su inmediata privatización.

En principio, ILP se haría cargo de las actividades correspondientes a los productos planos de acero ordinario desarrolladas en Tarento, Novi Ligure, Turín Laf, Génova Cornigliano y Marghera.

Por su parte, AST se encargará de las actividades correspondientes a los productos planos de aceros especiales e inoxidables desarrolladas en Terni y Turín.

El grupo restante, denominado ILVA Residua, entrará en liquidación y procederá a la venta al sector privado de todas las empresas y grupos que puedan enajenarse, como por ejemplo, Dalmine (tubos), Ise (producción de electricidad), Cogne (productos largos de aceros especiales) y Sidermar (transporte marítimo), TDI e ICMI.

Asimismo, ILVA Residua se hará cargo temporalmente de todos los trabajadores que vayan a ser despedidos o a acogerse a jubilación anticipada. En total, los puestos de trabajo suprimidos ascenderán a 11 500, esto es, el 28 % de la plantilla del grupo ILVA a 31 de diciembre de 1992.

Además de la mencionada aportación de capital de 650 000 millones de liras italianas efectuada por el IRI, el...

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