Dictamen del Comité Consultivo de concentraciones emitido en la reunión nº 122, celebrada el 22 de diciembre de 2003, en relación con un anteproyecto de decisión relativa al asunto COMP/M.2978 Lagardère/Natexis/VUP

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El 2 de diciembre se proporcionó también a la parte notificante información adicional en la cual la Comisión tenía previsto basar su decisión, para que aquélla pudiera enviar sus comentarios. El 17 de diciembre la parte notificante recibió un tercer CD-ROM que contenía versiones no confidenciales de la información adicional (en especial la prueba de mercado) recibida por la Comisión hasta el 12 de diciembre de 2003.

Por todo ello considero que se ha respetado en este caso el derecho de audiencia.

Hecho en Bruselas, el 23 de diciembre de 2003

Karen WILLIAMS Dictamen del Comité Consultivo de concentraciones emitido en la reunión no 122, celebrada el 22 de diciembre de 2003, en relación con un anteproyecto de decisión relativa al asunto COMP/M.2978 -- Lagardère/Natexis/VUP (2004/C 102/10) (Texto pertinente a efectos del EEE) 1. El Comité Consultivo coincide con la Comisión en que la concentración tiene dimensión comunitaria en el sentido del Reglamento sobre concentraciones.

  1. El Comité Consultivo coincide con la definición de la Comisión de un mercado primario de derechos de publicación en lengua francesa, que hay que subdividir según la categoría de libros, y un mercado separado para la publicación en francés de derechos de publicación extranjeros.

  2. El Comité Consultivo coincide con la definición de la Comisión de mercados secundarios para los derechos de publicación en francés y en formato de bolsillo.

  3. El Comité Consultivo coincide con la definición de la Comisión de mercados separados

    1. para servicios de comercialización y distribución, b) para servicios de comercialización según las clases de distribuidores (librerías, mayoristas e hipermercados), c) para venta de libros por editores a distribuidores según el tipo de distribuidor, d) para la venta de libros por editores a distribuidores y para la venta de libros por mayoristas a distribuidores de clase 3.

  4. El Comité Consultivo coincide con la definición de la Comisión de mercados separados para la venta de libros según grandes categorías y con las clasificaciones propuestas en el anteproyecto de Decisión.

  5. El Comité Consultivo coincide con la definición de la Comisión de mercados separados para la venta de títulos generales de literatura de gran formato y formato de bolsillo.

  6. El Comité Consultivo coincide con la definición de la Comisión de mercados separados para libros de texto y material educativo de apoyo.

    ES28.4.2004 Diario Oficial de la Unión Europea C 102/27

  7. Una mayoría...

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