Conclusiones del Consejo sobre las competencias lingüísticas como motor de la movilidad

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 372/27

Conclusiones del Consejo sobre las competencias lingüísticas como motor de la movilidad

(2011/C 372/07)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

TENIENDO EN CUENTA LO SIGUIENTE:

Las Conclusiones del Consejo Europeo de Barcelona de los días 15 y 16 de marzo de 2002 ( 1 ), en las que instaba a adoptar nuevas medidas para mejorar el dominio de las competencias básicas, en particular mediante la enseñanza de al menos dos lenguas extranjeras desde una edad muy temprana.

  1. Las Conclusiones del Consejo del 19 de mayo de 2006 sobre el indicador europeo de competencia lingüística ( 2

    ), en las que se reiteraba que los conocimientos de lenguas extranjeras, además de ayudar a fomentar el entendimiento mutuo entre los pueblos, son requisitos indispensables para la movilidad de los trabajadores y contribuyen a la competitividad de la economía de la Unión Europea.

  2. La Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente ( 3

    ), en la que se incluía la comunicación en lenguas extranjeras entre las competencias clave necesarias para la plena realización personal, la ciudadanía activa, la cohesión social y la empleabilidad en la sociedad del conocimiento.

  3. Las Conclusiones del Consejo del 25 de mayo de 2007, relativas a un marco coherente de indicadores y puntos de referencia para el seguimiento de los avances hacia los objetivos de Lisboa en el ámbito de la educación y la formación ( 4 ), en las que se invitaba a la Comisión a que siguiera examinando el desarrollo de los indicadores relativos a los conocimientos lingüísticos.

    La Resolución del Consejo, de 20 de noviembre de 2008, sobre la movilidad de los jóvenes voluntarios en la Unión Europea ( 5 ), que recomienda a los Estados miembros aumentar la toma de conciencia entre los jóvenes de la importancia de las competencias interculturales y el aprendizaje de lenguas entre los jóvenes para reducir las barreras a su movilidad transfronteriza.

    La Resolución del Consejo, de 21 de noviembre de 2008, relativa a una estrategia europea en favor del multilingüismo ( 6 ), en la que se invitaba a los Estados miembros a que fomentasen el multilingüismo para reforzar la cohesión social, el diálogo intercultural y la construcción europea, la competitividad de la economía europea y la movilidad y empleabilidad de las personas, y a que promoviesen las lenguas de la Unión Europea en el mundo.

  4. Las Conclusiones del Consejo del 12 de mayo de 2009 sobre un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación («ET 2020»), en las que se indicaba que había que atender prioritariamente, para el período 2009-2011, a la necesidad de que los ciudadanos pudieran comunicarse en dos lenguas, además de su lengua materna, a la necesidad de fomentar, cuando proceda, la enseñanza de idiomas en la educación y la formación profesionales (EFP) y para los educandos adultos, y a la necesidad de ofrecer a los inmigrantes oportunidades de aprender la lengua del país anfitrión ( 7

    ).

  5. El Informe conjunto de 2010 del Consejo y de la Comisión sobre la puesta en práctica del programa de trabajo «Educación y formación 2010» ( 8 ), en el que se observaba que era necesario mejorar las competencias clave en la EFP y en la formación de adultos y, en particular, que debía prestarse más atención a la comunicación en lenguas extranjeras.

  6. La Estrategia «Europa 2020», adoptada por el Consejo Europeo el 17 de junio de 2010 ( 9

    ), y sus dos iniciativas emblemáticas: Agenda de nuevas cualificaciones y empleos ( 10 ), donde se reconoce la contribución que las competencias lingüísticas pueden aportar para un mayor dinamismo del mercado de trabajo, y Juventud en Movimiento ( 11 ), donde se pone de relieve que será indispensable mejorar las competencias en materia de idiomas para que la movilidad resulte posible y útil.

  7. La Recomendación del Consejo, de 28 de junio de 2011, sobre la promoción de la movilidad en la formación de los jóvenes ( 12 ), en la que se reconoce la importancia del aprendizaje de idiomas y la adquisición de competencias interculturales en fases tempranas de la educación, promoviendo una preparación lingüística y cultural de calidad para la movilidad, tanto en la enseñanza general como en la formación profesional.

    RECORDANDO LO SIGUIENTE:

    El Consejo Europeo de Barcelona de 2002 definió las competencias lingüísticas como un componente esencial de una economía...

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