Conclusiones del Consejo sobre las competencias lingüísticas como motor de la movilidad
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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 372/27
Conclusiones del Consejo sobre las competencias lingüísticas como motor de la movilidad
(2011/C 372/07)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
TENIENDO EN CUENTA LO SIGUIENTE:
Las Conclusiones del Consejo Europeo de Barcelona de los días 15 y 16 de marzo de 2002 ( 1 ), en las que instaba a adoptar nuevas medidas para mejorar el dominio de las competencias básicas, en particular mediante la enseñanza de al menos dos lenguas extranjeras desde una edad muy temprana.
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Las Conclusiones del Consejo del 19 de mayo de 2006 sobre el indicador europeo de competencia lingüística ( 2
), en las que se reiteraba que los conocimientos de lenguas extranjeras, además de ayudar a fomentar el entendimiento mutuo entre los pueblos, son requisitos indispensables para la movilidad de los trabajadores y contribuyen a la competitividad de la economía de la Unión Europea.
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La Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente ( 3
), en la que se incluía la comunicación en lenguas extranjeras entre las competencias clave necesarias para la plena realización personal, la ciudadanía activa, la cohesión social y la empleabilidad en la sociedad del conocimiento.
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Las Conclusiones del Consejo del 25 de mayo de 2007, relativas a un marco coherente de indicadores y puntos de referencia para el seguimiento de los avances hacia los objetivos de Lisboa en el ámbito de la educación y la formación ( 4 ), en las que se invitaba a la Comisión a que siguiera examinando el desarrollo de los indicadores relativos a los conocimientos lingüísticos.
La Resolución del Consejo, de 20 de noviembre de 2008, sobre la movilidad de los jóvenes voluntarios en la Unión Europea ( 5 ), que recomienda a los Estados miembros aumentar la toma de conciencia entre los jóvenes de la importancia de las competencias interculturales y el aprendizaje de lenguas entre los jóvenes para reducir las barreras a su movilidad transfronteriza.
La Resolución del Consejo, de 21 de noviembre de 2008, relativa a una estrategia europea en favor del multilingüismo ( 6 ), en la que se invitaba a los Estados miembros a que fomentasen el multilingüismo para reforzar la cohesión social, el diálogo intercultural y la construcción europea, la competitividad de la economía europea y la movilidad y empleabilidad de las personas, y a que promoviesen las lenguas de la Unión Europea en el mundo.
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Las Conclusiones del Consejo del 12 de mayo de 2009 sobre un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación («ET 2020»), en las que se indicaba que había que atender prioritariamente, para el período 2009-2011, a la necesidad de que los ciudadanos pudieran comunicarse en dos lenguas, además de su lengua materna, a la necesidad de fomentar, cuando proceda, la enseñanza de idiomas en la educación y la formación profesionales (EFP) y para los educandos adultos, y a la necesidad de ofrecer a los inmigrantes oportunidades de aprender la lengua del país anfitrión ( 7
).
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El Informe conjunto de 2010 del Consejo y de la Comisión sobre la puesta en práctica del programa de trabajo «Educación y formación 2010» ( 8 ), en el que se observaba que era necesario mejorar las competencias clave en la EFP y en la formación de adultos y, en particular, que debía prestarse más atención a la comunicación en lenguas extranjeras.
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La Estrategia «Europa 2020», adoptada por el Consejo Europeo el 17 de junio de 2010 ( 9
), y sus dos iniciativas emblemáticas: Agenda de nuevas cualificaciones y empleos ( 10 ), donde se reconoce la contribución que las competencias lingüísticas pueden aportar para un mayor dinamismo del mercado de trabajo, y Juventud en Movimiento ( 11 ), donde se pone de relieve que será indispensable mejorar las competencias en materia de idiomas para que la movilidad resulte posible y útil.
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La Recomendación del Consejo, de 28 de junio de 2011, sobre la promoción de la movilidad en la formación de los jóvenes ( 12 ), en la que se reconoce la importancia del aprendizaje de idiomas y la adquisición de competencias interculturales en fases tempranas de la educación, promoviendo una preparación lingüística y cultural de calidad para la movilidad, tanto en la enseñanza general como en la formación profesional.
RECORDANDO LO SIGUIENTE:
El Consejo Europeo de Barcelona de 2002 definió las competencias lingüísticas como un componente esencial de una economía...
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