Conclusiones del Consejo sobre la protección de los niños en el mundo digital

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 372/15

Conclusiones del Consejo sobre la protección de los niños en el mundo digital

(2011/C 372/04)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

los antecedentes políticos de este asunto, recogidos en el anexo de las presentes conclusiones,

ACOGE CON INTERÉS:

el informe de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones sobre la aplicación de la Recomendación del Consejo, de 24 de septiembre de 1998, relativa a la protección de los menores y de la dignidad humana ( 1 ), y de la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, relativa a la protección de los menores y de la dignidad humana y al derecho de réplica en relación con la competitividad de la industria europea de servicios audiovisuales y de información en línea ( 2 ), LA

PROTECCIÓN DE LOS MENORES EN EL MUNDO DIGITAL ( 3

), y, en particular, el hecho de que el informe aborde los desafíos a que se enfrenta actualmente la protección de los menores en los medios de comunicación en línea y digitales;

- la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se crea el Mecanismo «Conectar Eu4

);

  1. para maximizar las oportunidades que brindan los medios audiovisuales e internet, se precisa para los menores un entorno de medios seguro que debería basarse en los principios de dignidad humana, seguridad y respeto de la vida privada;

  2. la alfabetización mediática y las actividades de sensibilización son instrumentos importantes que pueden mejorar sustancialmente las competencias digitales de niños, padres y docentes y desarrollar en ellos un planteamiento crítico hacia los contenidos audiovisuales y en línea; dada la rapidez de los cambios en el entorno digital, es, sin embargo, importante redoblar los esfuerzos a este respecto;

    medidas contra los contenidos ilegales en línea, tales como la pornografía infantil, incorporan planteamientos distintos de las medidas destinadas a impedir que los menores entren en contacto con contenidos dañinos en línea;

  3. es importante que los Estados miembros, la Comisión, el sector audiovisual y los proveedores de servicios en línea sean conscientes tanto de los nuevos desafíos a que se enfrenta la protección y la responsabilización de los menores, relacionados con la evolución que está teniendo lugar en el ámbito de los servicios audiovisuales y de información en línea, como de los instrumentos existentes para responder a esos desafíos;

  4. si bien los Estados miembros han perseguido activamente el fomento de diversas medidas encaminadas a una mejor protección y capacitación de los menores, se mantiene la preocupación por el hecho de que el nivel de protección y de alfabetización en materia de medios de comunicación logrado no es suficiente por lo general y de que algunas de estas medidas carezcan de continuidad;

    RECONOCE QUE:

  5. si bien debe respetarse la independencia de los medios, la industria de los medios debe desempeñar un papel esencial en la concienciación y en la protección y capacitación del menor en el mundo digital;

  6. los Estados miembros tienen distintos planteamientos sobre la protección de los menores y el fomento del desarrollo de buenas prácticas y normas en los medios, siendo la autorregulación y la corregulación...

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