Decisión del Consejo, de 17 de octubre de 2005, que deroga la Decisión 2001/131/CE por la que se concluye el procedimiento de consultas con Haití en virtud del artículo 96 del Acuerdo de Asociación ACP-CE

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

II

(Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad)

CONSEJO

DECISIÓN DEL CONSEJO

de 17 de octubre de 2005

que deroga la Decisión 2001/131/CE por la que se concluye el procedimiento de consultas con Haití en virtud del artículo 96 del Acuerdo de Asociación ACP-CE

(2005/756/CE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Acuerdo de Asociación ACP-CE (1) que entró en vigor el 1 de abril de 2003, y, en particular, su artículo 96,

Visto el Acuerdo interno entre los representantes de los gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativo a las medidas y los procedimientos que deben adoptarse para la aplicación del Acuerdo de Asociación ACP-CE (2), y, en particular, su artículo 3,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1) En virtud de la Decisión 2001/131/CE (3), y a título de 'medidas pertinentes', tal como se definen en el artículo 96, apartado 2, letra c), del Acuerdo de Asociación ACP-CE, la ayuda financiera concedida a Haití fue parcialmente suspendida.

(2) La Decisión 2004/681/CE expira el 31 de diciembre de 2005 y dispone una revisión de las medidas al cabo de seis meses.

(3) En marzo de 2005, un grupo de trabajo constituido por la Presidencia de la Unión Europea en Haití, la Comisión de las Comunidades Europeas y los representantes de los Estados miembros en Haití, elaboró un informe de evaluación de los progresos realizados en lo que respecta a los compromisos específicos suscritos por el Gobierno de Haití de atenerse a los elementos esenciales del artículo 9 del Acuerdo de Asociación ACP-CE, en particular, en lo relativo a la situación en materia de derechos humanos, los principios democráticos y el Estado de Derecho, con vistas al restablecimiento en el país de un régimen constitucional y democrático sin restricciones.

(4) La situación actual de Haití en materia de seguridad, respeto de los derechos humanos y pobreza es sumamente preocupante. Esta situación ha sido confirmada por el informe de la misión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en abril de 2005. No obstante, la comunidad internacional ha reiterado en diversas ocasiones su voluntad de apoyar al Gobierno interino y al pueblo de Haití en su labor en pro de la democracia y del desarrollo económico y social.

(5) El Gobierno interino merece la confianza de la Unión Europea para llevar a cabo la transición...

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