Decisión de la Comisión, de 6 de noviembre de 2002, por la que se establecen planes de muestreo y métodos de diagnóstico para la detección y confirmación de la presencia de Bonamiosis (Bonamia ostreae) y Marteiliosis (Marteilia refringens) en los moluscos [notificada con el número C(2002) 4327]

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

COMISIÓN DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 6 de noviembre de 2002 por la que se establecen planes de muestreo y métodos de diagnóstico para la detección y confirmación de la presencia de Bonamiosis (Bonamia ostreae) y Marteiliosis (Marteilia refringens) en los moluscos [notificada con el número C(2002) 4327] (Texto pertinente a efectos del EEE) (2002/878/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 91/67/CEE del Consejo, de 28 de enero de 1991, relativa a las condiciones de policía sanitaria aplicables a la puesta en el mercado de animales y de productos de la acuicultura (1 ), cuya última modificación la constituye la Directiva 98/45/CE (2 ), y, en particular, su artículo 15,

Considerando lo siguiente:

(1) A fin de tener en cuenta los avances científicos, la experiencia práctica, así como las directrices internacionales en la materia, es preciso actualizar los planes y métodos establecidos en la Decisión 94/306/CE de la Comisión, por la que se establecen los planes de muestreo y los métodos de diagnóstico para la detección y la confirmación de ciertas enfermedades de los moluscos (3 ).

(2) Los expertos convienen en que los planes de muestreo y los métodos de diagnóstico incluidos en la actual edición del Manual de diagnóstico de las enfermedades de los animales acuáticos elaborado por la Oficina Internacional de Epizootias (OIE), en relación con la bonamiosis (Bonamia ostreae) y la marteiliosis (Marteilia refringens), así como en relación con la mortalidad anormal de las poblaciones, son los adecuados. Por consiguiente, las actividades de diagnóstico y muestreo de dichas enfermedades con vistas al reconocimiento de zonas y explotaciones autorizadas y al examen de las poblaciones en las que se ha registrado una mortalidad anormal deberían llevarse a cabo con arreglo a la tercera edición del mencionado manual, publicada en 2000.

(3) Resulta por lo tanto oportuno derogar la Decisión 94/ 306/CE y sustituirla por la presente Decisión.

(4) Procede conceder un plazo suficiente para la aplicación de estos nuevos requisitos.

(5) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Los métodos de muestreo y diagnóstico que deberán aplicarse para la detección y confirmación de la presencia de...

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