Informe final del Consejero Auditor en el asunto COMP/M.2978 Lagardère/Natexis/VUP [con arreglo al artículo 15 de la Decisión de la Comisión 2001/462/CE, CECA de 23 de mayo de 2001, relativa al mandato de los consejeros auditores en determinados procedimientos de competencia (DO L 162 de 19.6.2001, p. 21)]

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Informe final del Consejero Auditor en el asunto COMP/M.2978 -- Lagardère/Natexis/VUP [con arreglo al artículo 15 de la Decisión de la Comisión 2001/462/CE, CECA de 23 de mayo de 2001, relativa al mandato de los consejeros auditores en determinados procedimientos de competencia (DO L 162 de 19.6.2001, p. 21)] (2004/C 102/09) (Texto pertinente a efectos del EEE) El proyecto de decisión da lugar a las siguientes observaciones:

Una decisión con arreglo a la letra c) del apartado 1 del artículo 6 fue enviada a la parte notificante el 5 de junio de 2003. En el curso de la investigación en profundidad previa al envío del pliego de cargos la parte notificante pidió acceder a documentos clave del expediente de la Comisión de conformidad con la política de transparencia expuesta por la Comisión en diciembre de 2002. Parte del material se puso a disposición de la parte notificante (en particular cuestionarios, el estudio económico y el informe del OEUC). Sin embargo algunas terceras partes exigieron que sus declaraciones sólo se revelaran si existía reciprocidad. La parte notificante no aceptó este planteamiento. El 15 de octubre de 2003 los representantes legales de Lagardère me enviaron una carta sobre este asunto. Sin embargo, en aquella fase del procedimiento y dado que el envío del pliego de cargos era inminente (hecho que conocía la parte notificante) no se avanzó al respecto en aquel momento. Se recordó también a la parte notificante que las disposiciones sobre transparencia estaban aún en fase de propuesta en aquella época. Sin embargo me comprometí a que la experiencia de este caso sería tenida en cuenta al redactar el texto sobre directrices de mejores prácticas en las actuaciones relativas a procedimientos comunitarios de concentración.

El 27 de octubre de 2003 se envió un pliego de cargos a la parte notificante. El acceso al expediente se facilitó ese mismo día y al día siguiente, en forma de dos CD-ROM. Al recibirse una petición de la parte notificante para acceder a datos específicos presentados por terceros que eran confidenciales, el equipo que se ocupaba del asunto reformuló esa información en un formato no confidencial y la facilitó a la parte notificante. Además, tras la firma de un acuerdo de confidencialidad también se concedió a la parte notificante, a petición de la misma, acceso completo al programa utilizado en el estudio econométrico llevado a cabo por encargo de la Comisión.

Inicialmente se concedió a la parte notificante...

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