Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 20 de mayo de 2014, relativa a un Plan de Trabajo de la Unión Europea para la Juventud para 2014-2015

SectionResolution
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

14.6.2014 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 183/5

  1. RECONOCEN que, desde la adopción de la Resolución del Consejo relativa a un marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud (2010-2018), la crisis económica ha presentado nuevos desafíos para la política de juventud y que hay necesidad de reforzar la cooperación en el ámbito de la juventud a escala de la UE para hacer frente a dichos desafíos de forma adecuada.

  2. RECUERDAN que el Informe conjunto de 2012 de la UE sobre la Juventud pide que se establezcan unos vínculos más estrechos y una mayor cohesión entre el marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud 2010‐2018 y la Estrategia Europa 2020.

  3. RECUERDAN las Conclusiones del Consejo de 16 de mayo de 2013 sobre la maximización del potencial de la política de la juventud a la hora de perseguir los objetivos de la Estrategia Europa 2020 (1), en las que el Consejo acordó desarrollar, en el marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud 2010-2018, un plan de trabajo a medio plazo para orientar el trabajo de la política de juventud y relacionada con la juventud a fin de responder a los temas y tendencias actuales de la juventud y relacionados con la juventud y que destaque los ámbitos relevantes de coordinación y colaboración con las políticas de educación, formación y empleo, con miras a garantizar la contribución de la política de la juventud al Semestre Europeo.

  4. En consecuencia, ACUERDAN establecer un Plan de Trabajo de la UE para la Juventud de 18 meses que encauce la actuación de los Estados miembros y la Comisión durante el período comprendido entre el 1 de julio de 2014 y el 31 de diciembre de 2015 a modo de fase piloto y como contribución a la ejecución del marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud (2010-2018).

  5. CONSIDERAN que el Plan de Trabajo deberá regirse por los siguientes principios rectores: — impulsar y poner de relieve, según corresponda, los trabajos a escala de la UE en el ámbito de la juventud;

    — asegurar, por medio de una cooperación transectorial, que en otros ámbitos de actuación de la UE (por ejemplo, el empleo, la educación, los asuntos sociales, la sanidad) haya consciencia de los problemas específicos a que se enfrentan los jóvenes;

    — contribuir a las prioridades generales del programa de política económica y social de la UE, en particular, a la Estrategia Europa 2020 y a sus mecanismos de aplicación;

    — procurar llevar a cabo una política de juventud basada en el conocimiento y en datos probados;

    — seguir siendo un marco flexible capaz de responder, en su caso, a la evolución en curso;

    — fomentar un planteamiento cooperativo y concertado entre los Estados miembros y la Comisión orientado a proporcionar valor añadido en los temas que se enumeran en el punto 6;

    — incorporar las estructuras informales existentes, cuando proceda, a las estructuras establecidas en dicho Plan de Trabajo;

    — hacer pleno uso de los procedimientos de consulta establecidos por el diálogo estructurado para garantizar que el Plan de Trabajo aborde las cuestiones que son importantes para los jóvenes.

  6. ACUERDAN que, a la luz de la crisis actual, los Estados miembros y la Comisión den prioridad en su cooperación a escala de la UE a los siguientes temas durante el período que abarca el presente Plan de Trabajo hasta el final de 2015: — Impulso del trabajo con jóvenes y del aprendizaje no formal e informal y su contribución para abordar los efectos de la crisis sobre los jóvenes;

    — Mayor cooperación transectorial en el marco de las estrategias de la UE;

    — Capacitación, con especial atención al acceso a los derechos, la autonomía, la participación y la ciudadanía activa dentro y fuera de la UE.

    Acuerdan que el Consejo pueda revisar el Plan de...

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