Reglamento (UE) nº 1152/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2371/2002 del Consejo, sobre la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros en virtud de la política pesquera común

Enforcement date:December 21, 2012
SectionReglamento
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

L 343/30 Diario Oficial de la Unión Europea 14.12.2012

ES

REGLAMENTO (UE) N o 1152/2012 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

de 21 de noviembre de 2012

por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 2371/2002 del Consejo, sobre la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros en virtud de la política pesquera común

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 43, apartado 2,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Previa transmisión del proyecto de acto legislativo a los Parlamentos nacionales,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo

( 1

),

De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario

( 2

),

Considerando lo siguiente:

(1) Los buques pesqueros de la Unión disfrutan de igualdad de acceso a las aguas y recursos de la Unión, con arreglo a las normas de la política pesquera común.

(2) El Reglamento (CE) n o 2371/2002

( 3

) establece, con respecto a la norma de igualdad de acceso, una exención en virtud de la cual se autoriza a los Estados miembros a restringir la pesca a determinados buques en las aguas comprendidas hasta las 12 millas marinas desde las líneas de base.

(3) De conformidad con el Reglamento (CE) n o 2371/2002, el 13 de julio de 2011 la Comisión presentó al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre las disposiciones relativas al acceso a los recursos pesqueros dentro de la zona de las 12 millas marinas. Dicho informe llega a la conclusión de que el régimen de acceso es muy estable y ha funcionado satisfactoriamente desde 2002.

(4) Las actuales normas que restringen el acceso a los recursos pesqueros dentro de la zona de las 12 millas marinas han favorecido la conservación a través de la restricción del esfuerzo pesquero en las zonas más sensibles de las aguas de la Unión. Dichas normas han preservado, asimismo, las actividades pesqueras tradicionales, que son importantes para el desarrollo socioeconómico de determinadas comunidades costeras.

(5) La exención entró en vigor el 1 de enero de 2003 y expira el 31 de diciembre de 2012. Por consiguiente, debe prorrogarse su validez hasta que se produzca la adopción del nuevo reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, basado en la propuesta, de la Comisión, de un reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la política pesquera común.

(6) Procede, por tanto, modificar el Reglamento (CE) n o...

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