Resolución del Comité Consultivo CECA creación de la 'Comisión Consultiva Carbón, Acero y Mutaciones Industriales' (CCCAMI) en el seno del Comité Económico y Social. Criterios para el nombramiento de los 30 miembros procedentes de los sectores CECA (adoptada por unanimidad, con tres abstenciones, durante la 360ª sesión del 10 de abril de 2002)

SectionResolution
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

RESOLUCIÓN DEL COMITÉ CONSULTIVO CECA creación de la 'Comisión Consultiva Carbón, Acero y Mutaciones Industriales' (CCCAMI) en el seno del Comité Económico y Social. Criterios para el nombramiento de los 30 miembros procedentes de los sectores CECA (adoptada por unanimidad, con tres abstenciones, durante la 360a sesión del 10 de abril de 2002) (2002/C 128/03) El Comité Consultivo CECA.

Sobre la base:

-- de la Comunicación de la Comisión 'El futuro del Diálogo Estructurado después del fin del tratado CECA' relativa a la integración en el Comité Económico y Social del diálogo estructurado sectorial realizado en el Comité Consultivo de la CECA (1), -- del acuerdo alcanzado entre el Comité Consultivo de la CECA y el Comité Económico y Social (2), -- de la propuesta de presupuesto rectificativo y suplementario del Comité Económico y Social que contiene las modalidades y las estructuras necesarias por la integración de las actividades de la CECA en el CES tras la expiración del Tratado CECA (3), -- de los resultados de los trabajos de la Mesa, reunida como grupo de trabajo del Comité Consultivo CECA.

Considerando necesario tener en cuenta tres niveles de reparto de los miembros:

  1. entre los dos sectores (carbón y acero);

  2. entre las demás categorías (productores, trabajadores, usuarios y comerciantes);

  3. entre los 15 Estados miembros.

Establece que el reparto y el nombramiento de los 30 miembros de la 'Comisión Consultiva Carbón, Acero y Mutaciones Industriales' (CCCAMI) procedentes de los sectores CECA se efectúe según los siguientes criterios.

  1. Reparto de los miembros entre los dos sectores del carbón y el acero Sobre la base:

    -- de la actual composición del Comité Consultivo CECA, -- de la entidad de la contribución de los dos sectores a la exacción durante la totalidad del período de vigencia del Tratado;

    el reparto de los 30 miembros entre los dos sectores es el siguiente:

    -- 30 % por el sector del carbón, lo que representa 9 miembros, -- 70 % por el sector del acero, lo que representa 21 miembros.

  2. Reparto de los miembros entre las tres categorías Se mantiene el reparto existente en el Comité Consultivo CECA, que prevé un número equivalente de miembros entre las tres categorías. Sobre la base del reparto entre los dos sectores establecidos en el punto 1, la distribución de los miembros es la siguiente:

    -- sector carbón: 3 miembros cada uno para productores, trabajadores, consumidores/comerciantes, -- sector acero: 7 miembros cada uno...

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