Resolución del Comité Consultivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero relativa a una nueva política para el futuro de la siderurgia comunitaria          

SectionResolution
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

RESOLUCIÓN DEL COMITÉ CONSULTIVO DE LA COMUNIDAD EUROPEA DEL CARBÓN Y DEL ACERO relativa a una nueva política para el futuro de la siderurgia comunitaria (92/C 161/03)

(Aprobada por unanimidad en la sesión n° 299, celebrada el 2 de junio de 1992)

EL COMITÉ CONSULTIVO DE LA COMUNIDAD EUROPEA DEL CARBÓN Y DEL ACERO (CECA),

- Visto el memorándum Una nueva política para el futuro de la siderurgia comunitaria, elaborado por los productores de acero con el objeto de definir dicha política,

- Considerando que la siderurgia comunitaria atraviesa un período muy crítico, caracterizado por una recesión industrial mundial, por el recrudecimiento mundial de la competitividad, por precios muy bajos y menor demanda, así como por el crecimiento de las importaciones procedentes de países que no están sometidos a las mismas normas económicas;

- Considerando que la reestructuración de la siderurgia comunitaria debe continuar su proceso para mantener la competitividad de la siderurgia comunitaria;

- Considerando que el Tratado CECA fija a la Comisión objetivos específicos al tiempo que le impone responsabilidades amplias y específicas y que la Comisión debe asumirlas de forma eficaz,

Pide a la Comisión que asuma aus responsabilidades según las siguientes propuestas:

  1. Para recuperar el nivel de los precios siderúrgicos -con el fin de adaptarlos a la evolución de los precios de producción- en este período crítico, la industria pide a la Comisión que le ayude a garantizar, con frecuencia y precisión, el examen y la transparencia del mercado.

    Al tal efecto, deben elaborarse trimestralmente los programas de previsiones de producción para cada categoría de productos siderúrgicos, con arreglo al artículo 46 del Tratado. Las empresas deberían notificar voluntariamente a la Comisión sus proyectos de producción y de suministro, y la Comisión, sobre la base de esta información, debería contribuir al desarrollo de un mercado más equilibrado.

  2. Para seguir rebajando los costes de la siderurgia -pero sin ocasionar distorsiones en las condiciones de competencia dentro de la Comunidad- es preciso facilitar y fomentar las agrupaciones industriales, pues su grado de concentración sigue por debajo del de la competencia internacional y de los principales sectores industriales competidores o clientes.

  3. Para evitar las consecuencias negativas que las importaciones procedentes de terceros países tienen sobre los precios, la Comisión ha de dotarse de los medios humanos y...

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