Dictamen del Comité Consultivo de operaciones de concentración emitido en la reunión de 25 de junio de 2001 respecto a un anteproyecto de decisión relativa al asunto COMP/M.2220 General Electric/Honeywell

SectionDictamen

Dictamen del Comité Consultivo de operaciones de concentración emitido en la reunión de 25 de junio de 2001 respecto a un anteproyecto de decisión relativa al asunto COMP/M.2220 -- General Electric/Honeywell (2004/C 42/07) (Texto pertinente a efectos del EEE) 1. El Comité Consultivo coincide con la Comisión en que la operación notificada constituye una concentración según la letra b del apartado 1 del artículo 3 del Reglamento sobre el control de las operaciones de concentración.

  1. El Comité Consultivo está de acuerdo con la Comisión en que la operación notificada tiene dimensión comunitaria según lo definido en el apartado 2 del artículo 1 del citado Reglamento.

  2. El Comité Consultivo coincide con la Comisión en que, a efectos del presente caso, los mercados de los productos de referencia son:

    1. reactores para aviones comerciales de gran tamaño;

    2. reactores para aviones regionales, divididos en aviones regionales de gran y de pequeño tamaño;

    3. reactores para aviones privados;

    4. mantenimiento, reparación, servicios de revisión y suministro de piezas de recambio para reactores;

    5. aviónica, dividida producto por producto;

    6. no aviónica, dividida producto por producto;

    7. controles de los motores, divididos producto por producto;

    8. pequeñas turbinas marinas de gas.

  3. El Comité Consultivo está de acuerdo con la Comisión en que el mercado geográfico de referencia para

    1. el suministro de reactores para aviones comerciales de gran tamaño, reactores regionales y reactores privados es a escala mundial;

    2. el mantenimiento, reparación, servicios de revisión y piezas de recambio para reactores, finalmente no hace falta definirlo a efectos del presente caso;

    3. los productos de aviónica es a escala mundial;

    4. los productos no aviónicos es a escala mundial;

    5. los controles de los motores es a escala mundial;

    6. las pequeñas turbinas marinas de gas es como mínimo a escala del EEE y lo más probable a escala mundial.

  4. Una mayoría del Comité Consultivo coincide con la Comisión en que la operación notificada, tal como se había notificado inicialmente, crearía o consolidaría una posición dominante en el mercado de:

    1. reactores para aviones comerciales de gran tamaño;

    2. reactores para aviones regionales de gran tamaño;

    3. reactores para aviones privados;

    4. productos de aviónica;

    5. productos no de aviónica;

      ES18.2.2004 Diario Oficial de la Unión Europea C 42/13

    6. pequeñas turbinas marinas de gas;

      como resultado de la cual se obstaculizaría de forma...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT