Sentencia del tribunal de 22 de junio de 2000 en el asunto E-2/99: Órgano de Vigilancia de la AELC contra Reino de Noruega (Incumplimiento de una Parte contratante de sus obligaciones Directiva 92/51/CEE del Consejo relativa a un segundo sistema general de reconocimiento de formaciones profesionales, que completa la Directiva 89/48/CEE)

SectionDirective
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO TRIBUNAL DE LA AELC SENTENCIA DEL TRIBUNAL de 22 de junio de 2000 en el asunto E-2/99: Órgano de Vigilancia de la AELC contra Reino de Noruega (Incumplimiento de una Parte contratante de sus obligaciones Directiva 92/51/CEE del Consejo relativa a un segundo sistema general de reconocimiento de formaciones profesionales, que completa la Directiva 89/48/CEE) (2000/C 368/16) En el asunto E-2/99: Órgano de Vigilancia de la AELC contra Reino de Noruega solicitud de declarar que, por no poder adoptar, dentro del plazo prescrito, las disposiciones nacionales necesarias para cumplir con el apartado 2 del artículo 10 del acto al que se refiere el punto 1a del anexo VII del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), es decir, la Directiva 92/51/CEE del Consejo, de 18 de junio de 1992, relativa a un segundo sistema general de reconocimiento de formaciones profesionales, que completa la Directiva 89/48/CEE, segoen lo adaptado por el Protocolo 1 del Acuerdo EEE, por lo que se refiere a las profesiones incluidas bajo el título '3. Sector marino' del anexo C de la Directiva, el Reino de Noruega no ha cumplido sus obligaciones de conformidad con esa Directiva y el artículo 7 del Acuerdo EEE, el Tribunal, integrado por los Sres. Thór VilhjÆlmsson, Presidente, Carl Baudenbacher (Juez ponente) y Per Tresselt, jueces, dictó sentencia el 22 de junio de 2000, cuyo fallo es el siguiente:

1) Declara que, por no haber adoptado, dentro del plazo prescrito, las disposiciones nacionales necesarias para cumplir con el apartado 2 del artículo 10 del Acto mencionado en la letra a) del punto 1 del anexo VII del Acuerdo EEE, Directiva 92/51/CEE del Consejo, de 18 de junio de 1992, relativa a un segundo sistema general de reconocimiento de formaciones profesionales, que completa la Directiva 89/48/CEE, tal y como fuera adaptada por el Protocolo 1 al Acuerdo EEE, por lo que se refiere a las profesiones incluidas en el título '3. Sector marino' del anexo C, el Reino de Noruega ha incumplido sus obligaciones respecto a dicho Acto y al artículo 7 del Acuerdo EEE.

2) Condena en costas al Reino de Noruega.

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